Nº 1/99
COMUNICADO DE PRENSA
La Comisión
Interamericana de Derechos Humanos decidió en el día de ayer, de conformidad con el
artículo 51, numeral 3, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, publicar su
informe 1/99 (caso 10.480), mediante el cual se establece la responsabilidad internacional
del Estado salvadoreño en la tortura de Lucio Parada Cea y otros cinco campesinos, y en
la muerte violenta de dos de ellos, en hechos ocurridos en dicho país centroamericano en
1989.
La Comisión, en el informe publicado ayer,
reitera las conclusiones y recomendaciones de sus informes de junio 23 y noviembre 3 de
1998, que se refieren a asegurar la investigación y sanción de los responsables, a
garantizar la reparación de las víctimas y sus familias, y a dejar sin efecto la ley de
amnistía general de 1993. A este respecto, cabe señalar que ya en su Informe sobre la
Situación de los Derechos Humanos en El Salvador, publicado en febrero 11 de 1994, la
Comisión había advertido que dicha ley de amnistía de El Salvador constituye una
violación de las obligaciones internacionales asumidas por ese país al ratificar la
Convención Americana puesto que impide el acceso a la verdad y a la justicia para el
esclarecimiento y el castigo de los crímenes imputables al Estado y a sus agentes.
Washington, D.C., enero 28 de 1999
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