MENSAJE DEL DR. HÉLIO BICUDO,
Señor Presidente, Jefes de Delegaciones, señor Secretario General, señor Secretario General Adjunto, señoras y señores: Tenemos el honor de dirigir este mensaje de presentación del Informe Anual 1999 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en compañía del Decano Claudio Grossman, Primer Vicepresidente de la Comisión; el Doctor Juan Méndez, Segundo Vicepresidente; y el Embajador Jorge Taiana, Secretario Ejecutivo. Igualmente, presentamos en esta oportunidad el Informe sobre la situación de los derechos humanos en la República Dominicana y el Informe sobre la situación de los derechos humanos de los solicitantes de asilo dentro del sistema de determinación de la condición de refugiado en Canadá. El informe que se pone en la fecha a disposición de la Asamblea General de la OEA fue aprobado por la CIDH durante el 106º período ordinario de sesiones, celebrado durante febrero y marzo de este año. El documento fue elaborado conforme a los parámetros expuestos en la Resolución AG/RES. 331 (VIII-0/78) de la Asamblea General, y de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 63 del Reglamento de la CIDH. Debemos destacar que el presente informe refleja las actividades generales de la Comisión cumplidas con mucha dedicación y acierto durante la Presidencia del Comisionado Robert Goldman. Por otra parte, el Informe sobre la situación de los derechos humanos en la República Dominicana se basa en diversos antecedentes y elementos de juicio sobre la situación general de los derechos humanos en dicho país a los que la Comisión ha accedido antes, durante y después de la visita in loco realizada en junio de 1997. En el informe, la CIDH analiza la organización político-jurídica de la República Dominicana y la situación de la administración de justicia en dicho país. Asimismo, la Comisión estudió la situación de los derechos a la vida, a la integridad personal, a la libertad personal, y a la libertad de pensamiento y de expresión. Otros capítulos del informe analizan las condiciones de los centros penitenciarios y la situación de los prisioneros, la situación de los trabajadores migrantes haitianos y sus familias, la situación de la mujer y de los menores. Con base en dicho análisis, la Comisión formuló sus conclusiones y recomendaciones al Estado dominicano. El Informe sobre la situación de los derechos humanos de los solicitantes de asilo dentro del sistema de determinación de la condición de refugiado en Canadá tiene su antecedente en la primera visita in loco de la Comisión a dicho país, que tuvo lugar en octubre de 1997. Durante la visita, la Comisión recibió abundante información sobre diversos temas, entre los cuales están las condiciones y procedimientos para obtener la condición de refugiado, los fundamentos y el alcance de la revisión judicial, cuestiones relativas a la reunificación familiar y la detención y exclusión de personas por razones de peligro público. El informe de la CIDH examina el sistema canadiense de determinación de la condición de refugiado, basándose en las percepciones y la amplia información obtenidas durante la visita. Dicha información sirve de sustento a las conclusiones y recomendaciones que formula la Comisión, de conformidad con su mandato de proteger y promover los derechos humanos en las Américas y en el contexto del compromiso demostrado por Canadá de proporcionar asilo seguro.
Síntesis del Informe Anual de 1999 El informe se divide en tres volúmenes. Los dos primeros volúmenes contienen seis capítulos y el tercero contiene el Informe del Relator Especial de la CIDH para la Libertad de Expresión. La Comisión decidió modificar la estructura habitual del primero de los capítulos de su informe anual. En efecto, el Capítulo I del Informe Anual de 1999 está dedicado a presentar una apreciación sobre la situación de los derechos humanos en el hemisferio y los principales desafíos a la vigencia de tales derechos. La CIDH destaca los avances en materia de democratización, aunque no deja de señalar las deficiencias que impiden la vigencia plena de la democracia, tales como las crisis político-institucionales verificadas en varios Estados durante el período. Igualmente preocupante es la vulneración de los derechos humanos fundamentales que afectan la vida, la libertad y la integridad personal. La CIDH considera de fundamental importancia la adopción de medidas para mejorar la administración de justicia en los Estados del hemisferio, y en particular expresa preocupación por la impunidad de las violaciones de derechos humanos que involucran a agentes del Estado, así como la utilización de la jurisdicción militar en tales casos. Por el impacto que tiene sobre la protección de todos los demás derechos, la Comisión sigue de cerca las denuncias sobre hostigamiento y todo tipo de ataques contra defensores de derechos humanos. En tal sentido, la Comisión ha tenido que recurrir a los distintos mecanismos de protección previstos en las normas que rigen el mandato para proteger a personas afectadas por esta situación, y lo ha señalado igualmente en sus informes generales sobre la situación de los derechos humanos en varios Estados del hemisferio. La Comisión sigue recibiendo igualmente denuncias e información cerca de ataques y agresiones contra periodistas. La CIDH manifiesta, como lo ha hecho en varias ocasiones, su preocupación por el efecto amedrentador que tiene la falta de investigación de los atentados contra periodistas o actos restrictivos de la libertad de expresión. Siempre es oportuno recordar que el pleno ejercicio de este derecho es fundamental para el fortalecimiento de la democracia en la región. En su informe, la CIDH dedica atención a los problemas de marginación social, racial o étnica que no reciben respuesta adecuada de los Estados del hemisferio. Se recuerda en tal sentido que el principio de no discriminación constituye uno de los soportes básicos del sistema interamericano. También es grave el cúmulo de amenazas que afectan a los niños en las Américas, debido a la pobreza, la violencia, la explotación sexual y su empleo como combatientes en situaciones de conflicto armado. La Comisión evalúa además la situación actual de los derechos de los pueblos indígenas, al igual que los derechos de los trabajadores migratorios y sus familias en el hemisferio. La intención de la Comisión al variar la estructura tradicional de su informe anual consiste en presentar un primer capítulo de evaluación de la situación de los derechos humanos en el hemisferio, y con base en ello formular a los Estados miembros de la OEA una serie de recomendaciones sobre los derechos a la vida, la integridad física y la libertad de sus habitantes; a la adopción de medidas necesarias el fortalecimiento del poder judicial; a las garantías para que los defensores de derechos humanos cumplan sus tareas libres de hostigamiento y peligro; a asegurar el ejercicio pleno del derecho a la libertad de expresión; a la ratificación del Protocolo Adicional a la Convención Americana en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ("Protocolo de San Salvador"); a la derogación de normas discriminatorias; a la protección efectiva de los derechos de los niños, de los pueblos indígenas y de los trabajadores migratorios y sus familias. La CIDH espera que dichas recomendaciones merezcan la mayor atención de los Estados miembros de la OEA. Finalmente, la CIDH menciona en este capítulo la importancia de fortalecer el sistema interamericano de derechos humanos mediante el incremento de los recursos materiales y humanos de los órganos de protección. Naturalmente, dichas medidas deben ir acompañadas por el fiel cumplimiento de las obligaciones internacionales de los Estados miembros de la OEA en materia de derechos humanos. El Capítulo II ofrece una breve introducción a los orígenes y fundamentos jurídicos de la Comisión y expone las principales actividades cumplidas por la CIDH durante el período bajo análisis. En particular, quisiera destacar la práctica de las reuniones anuales de la CIDH y la Corte Interamericana con objeto de tratar temas de interés común, a fin de mejorar el funcionamiento del sistema regional de derechos humanos. La Comisión y la Corte mantienen una relación de cooperación que es mutuamente beneficiosa para el cumplimiento de sus respectivos mandatos. Durante el período que abarca este informe, la Comisión realizó una visita in loco a Paraguay, y una visita a Texas, Estados Unidos. La CIDH está procesando la información recibida antes, durante y después de la visita a Paraguay con miras a la elaboración del informe sobre la situación de los derechos humanos en dicho país. Por otra parte, la visita al estado de Texas, en los Estados Unidos de América, tuvo el objeto de observar los procesos de inmigración y asilo en esa región. El Capítulo III es indudablemente el eje del trabajo de la CIDH, ya que contiene el análisis y las decisiones sobre denuncias de violaciones de derechos fundamentales que afectan a seres humanos. Este capítulo, el más extenso del informe, contiene las decisiones adoptadas respecto a peticiones y casos individuales presentados a la Comisión y tramitados de acuerdo con la normativa aplicable. Cabe destacar igualmente la importancia creciente que la Comisión atribuye al sistema de peticiones y casos individuales y a la solución amistosa de los mismos; el informe de este año comprende 4 decisiones de esta índole. La disposición de las partes a dialogar y a buscar soluciones creativas constituye un indicador indudablemente positivo de la creciente evolución del sistema. En el periodo bajo análisis, la Comisión ha aprobado 26 informes en los cuales se ha declarado la admisibilidad de los casos respectivos; por otra parte, declaró inadmisibles un total de 5 denuncias que no cumplían con los requisitos previstos a tal efecto en la Convención Americana. Los informes mencionados, así como las 30 decisiones acerca del fondo de las cuestiones denunciadas, reflejan asimismo la diversidad creciente de las denuncias sobre violaciones de derechos humanos. La CIDH recuerda que la aprobación y publicación de un informe sobre los méritos de un caso individual ofrece, en alguna medida, la reparación a la víctima de una violación de derechos humanos que no pudo obtener justicia en los órganos jurisdiccionales nacionales. El Capítulo III también expone información sobre las actuaciones de la Comisión ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En el periodo que cubre este informe anual, la CIDH interpuso siete nuevas demandas en los siguientes casos: José María Cantos (Argentina), el 10 de enero de 1999; Juan Pablo Olmedo Bustos y otros (Chile), el 15 de enero de 1999; Haniff Hillaire (Trinidad y Tobago), el 26 de mayo de 1999; El Caracazo (Venezuela), el 7 de junio de 1999; José Carlos Trujillo Oroza (Bolivia), el 9 de junio de 1999; Tribunal Constitucional (Perú), el 2 de julio de 1999; y Constantine y otros (Trinidad y Tobago), 22 de febrero de 2000. Destaco especialmente el hecho de que los Estados de Bolivia y Venezuela reconocieron su responsabilidad internacional en los respectivos casos que acabo de mencionar. La CIDH valora altamente dichas decisiones, por tratarse de pasos importantes hacia el fortalecimiento de los derechos humanos en el sistema interamericano. Igualmente, la Comisión siguió impulsando el trámite de los demás casos contenciosos y medidas provisionales que se hallan en trámite ante la Corte Interamericana. Por otro lado, la Comisión ha seguido los criterios expuestos en su Informe Anual de 1998 para identificar a los Estados miembros cuyas prácticas en materia de derechos humanos merecieran atención especial y la inclusión en un capítulo especial del informe anual. En este sentido, en el Capítulo IV del informe de este año se analiza la situación de los derechos humanos en Cuba y Ecuador. Cuba ha sido incluido en este capítulo debido a que está regido por un gobierno no elegido libremente de acuerdo con normas internacionalmente aceptadas, lo cual constituye una violación del derecho a la participación política consagrado en el Artículo XX de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. A su vez, el informe sobre Ecuador incluido en el Capítulo IV contiene el análisis de la grave crisis institucional en dicho país, que afectó el libre ejercicio de varios derechos garantizados por la Convención Americana. La Comisión decidió en 1998 que el informe anual correspondiente a dicho periodo incluiría un capítulo especial dedicado al seguimiento de las recomendaciones de sus informes especiales sobre la situación de los derechos humanos en un Estado miembro, preparado de conformidad con el Artículo 62 de su Reglamento. El Capítulo V del Informe Anual de 1999 sigue esta práctica de analizar el avance en el cumplimiento de las recomendaciones formuladas previamente por la Comisión, en uso de sus facultades como órgano principal de la OEA en materia de derechos humanos. En esta oportunidad, dicho capítulo contiene informes sobre el cumplimiento de los Estados de Brasil, Colombia y México con las recomendaciones expuestas en los informes de la CIDH sobre la situación de los derechos humanos en dichos países, aprobados respectivamente en 1997, 1999 y 1998. El Capítulo VI contiene estudios especiales sobre tres temas específicos. El primero de ellos se trata de un informe de progreso sobre la situación de los trabajadores migratorios y los miembros de sus familias en el hemisferio. Se trata de una cuestión de gran interés para la CIDH, de la cual ha tomado conocimiento a través de los años en ocasión de sus visitas in loco a los Estados de la región, en denuncias sobre violaciones de derechos humanos, y en audiencias de carácter general o individual. Cabe destacar igualmente que el tema ha sido incluido en la agenda hemisférica, particularmente en la Declaración de Santiago. El informe expone, en primer lugar, los principios desarrollados por los órganos de protección del sistema interamericano de derechos humanos en materia de trabajadores migratorios, con base en los principios fundamentales de igualdad y no discriminación. Sigue la parte principal del texto del informe, conformado por las respuestas que presentaron los Estados miembros al cuestionario remitido por la CIDH con miras a evaluar la situación de dicho grupo humano. Por último, el informe de progreso menciona las actividades desarrolladas por la Relatoría Especial de la CIDH sobre Trabajadores Migratorios. Prosigue el capítulo con una recomendación sobre la erradicación del reclutamiento y la participación de niños en conflictos armados. La recomendación fue formulada dentro del marco jurídico internacional que garantiza la protección especial a los niños, y tiene el objeto de dejar sin efecto toda norma que permita la conscripción voluntaria y obligatoria de adolescentes bajo la edad mínima permitida por los instrumentos internacionales, así como la adopción de medidas para procesar y sancionar a los agentes estatales o civiles que incurran en el reclutamiento de menores o su participación en conflictos armados. Por último, la Comisión incluye en el capítulo VI un estudio acerca de las llamadas "medidas de acción afirmativa" destinadas a la promoción de la participación política de la mujer, desde el punto de vista de la compatibilidad con los principios de igualdad y de no discriminación. El estudio, elaborado en atención de una consulta formulada por la Comisión Interamericana de Mujeres, concluye que las medidas de acción afirmativa son compatibles con los principios mencionados. El Volumen II del informe concluye con los anexos habituales en los que se informa sobre el estado de las convenciones y protocolos del sistema regional de derechos humanos, y comunicados de prensa y discursos seleccionados que difundió la CIDH durante el año pasado. El informe del Relator Especial para la Libertad de Expresión Pasaré a referirme al tercer volumen del Informe Anual de 1999, que contiene el informe del Relator Especial de la CIDH para la Libertad de Expresión correspondiente a dicho período. Durante su 106o. período de sesiones, la Comisión discutió y aprobó dicho informe, que ha sido incluido como uno de los volúmenes del informe anual al igual que el año anterior. Como es de conocimiento de todos ustedes, la Comisión designó un Relator Especial en esta materia en noviembre de 1998 de acuerdo con las funciones y facultades establecidos en el Artículo 41 de la Convención Americana y en el Artículo 18 de su Estatuto. La Comisión encomendó al relator que prestara asistencia en el seguimiento, promoción y protección de la libertad de expresión en las Américas. La Comisión valora el respaldo al nombramiento de este Relator Especial que los Jefes de Estado y de Gobierno de las Américas expresaron en la Declaración de Santiago de Chile de abril de 1998, y que han reafirmado individualmente en varias otras oportunidades. El Informe de la Relatoría para la Libertad de Expresión se inicia con una breve descripción de su mandato y competencia, y luego relata las principales actividades cumplidas por dicha oficina durante 1999. La sección principal del informe está dedicada a la evaluación del estado de la libertad de expresión en el hemisferio, en la cual se incluye estudios sobre legislación, así como un análisis de tal derecho respecto de las mujeres y las perspectivas que presentan los medios de comunicación electrónica como el Internet. También se analiza la situación de la libertad de expresión, destacándose los progresos verificados y los graves problemas que persisten, como los asesinatos de periodistas. El informe culmina con una serie de conclusiones y recomendaciones a los Estados miembros, que me permito señalar a la atención de todos ustedes, en el interés común de avanzar hacia la protección efectiva y plena del derecho a la libertad de expresión en el hemisferio.
Conclusión Señor Presidente, Jefes de Delegaciones, señor Secretario General, señor Secretario General Adjunto, señoras y señores: Estamos en un momento clave, enfrentados a desafíos tan grandes, que constituyen una amenaza a la consolidación de la democracia en la región. La seguridad ciudadana, un tema de especial preocupación, se garantiza en primer lugar por una policía civil que resguarde a los habitantes, incluye el fortalecimiento de la administración de justicia que no permita la corrupción ni la impunidad, y finalmente un sistema penitenciario que tienda a la verdadera recuperación e inserción social del detenido. También deben mencionarse como desafíos pendientes la observancia de normas de derechos humanos y de derecho internacional humanitario en situaciones de conflicto armado, la lucha contra la pobreza y la desigualdad, la protección a los niños, el respeto a la libertad de expresión, la no discriminación por razones étnicas, raciales, religiosas o de género, así como las garantías para los defensores de los derechos humanos. Hemos tomado nota de los pronunciamientos de los Jefes de Estado del hemisferio en los cuales han destacado que los derechos humanos constituyen el fundamento de la democracia. Además, en materia de fortalecimiento del sistema interamericano de derechos humanos, debemos recordar que la CIDH solicitó comentarios sobre el proceso de reforma de su Reglamento a los Ministros de Relaciones Exteriores de los Estados miembros, a las organizaciones no gubernamentales y otras expresiones de la sociedad civil. Se ha tomado nota de las sugerencias recibidas, incluyendo las del Grupo de Trabajo Ad Hoc sobre Derechos Humanos y de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos. En este sentido, quisiera destacar la satisfacción de la CIDH por el reciente proyecto de resolución de la Asamblea General de la OEA aprobado por la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos, en la cual se insta, entre otras cosas, a que los Estados miembros adopten medidas para cumplir con las decisiones o sentencias de la Corte Interamericana y que adopten sus mejores esfuerzos para aplicar las recomendaciones de la Comisión Interamericana. Por otro lado, no puedo dejar de mencionar una cuestión de mucha preocupación para la CIDH, cual es la reducción presupuestaria anunciada hace algunas semanas por el Subsecretario de Administración de la OEA. La Comisión tiene plena conciencia de las graves dificultades financieras que afectan a la Organización debido a la falta de pago oportuno de las cuotas de los Estados miembros. Sin embargo, resultaría altamente contradictorio que el trabajo de la CIDH, reconocido en repetidas ocasiones por los Estados miembros como una de las más altas prioridades en el hemisferio, fuera afectado por un corte general de las asignaciones dentro de la Organización. El impacto que una reducción presupuestaria tendría sobre las operaciones de la CIDH sería grande, y perjudicial para el cumplimiento de sus funciones de protección y promoción de los derechos humanos, como órgano principal de la OEA en los términos de la Carta. Asimismo, es oportuno recordar que el considerando de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, expresa "que la protección internacional de los derechos del hombre debe ser guía principalísima del derecho americano en evolución". Por ello, espero que el importante apoyo expresado por los señores representantes de los Estados miembros en dicho proyecto de resolución se traduzca en el pleno acceso de la CIDH a los recursos financieros contemplados en su programa presupuesto para el año en curso, conforme a lo aprobado por la Asamblea General. Por último, en nombre de la Comisión, formulo votos para que sigamos trabajando de manera cada vez más armónica y efectiva, con miras a garantizar el respeto de los derechos humanos de todas las personas de las Américas, sin distinción alguna.
Muchas gracias. |