INFORME
Nº 15/95 (*) CASO Nº 11.010
COLOMBIA 13 de septiembre de
1995
I.
ANTECEDENTES
1.
Con fecha 31 de marzo de 1992 la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos recibió la siguiente denuncia: La
misionera HILDEGARD MARIA FELDMAN, religiosa seglar de la Orden
Misioneras Laicas, de nacionalidad suiza, había llegado a Colombia a
comienzos de 1980, con el objeto de desarrollar labores pastorales y prácticas
de desarrollo comunitario mediante la atención médica a los pobladores
de las zonas campesinas. En
junio de 1990 por orden de la Diócesis de Ipiales (Nariño), a la cual
pertenecía, había sido comisionada para trabajar en el corregimiento
de "El Sande", pequeño poblado cercano al municipio de
Ipiales. A
las 4:30 p.m. del día 9 de septiembre de 1990, tropas pertenecientes a
la III Brigada del Ejército entraron a dicho corregimiento disparando
indiscriminadamente contra la población civil.
La religiosa Hildegard María se encontraba ese día atendiendo a
una persona enferma en la casa del señor JOSE RAMON ROJAS ERAZO
y, según las afirmaciones de su esposa Regalía Marina Leyton, quien se
encontraba igualmente en esa casa, el ejército disparó contra la
residencia sin requerir previamente a sus moradores. Como consecuencia de esta acción fueron asesinados la
religiosa y el señor José Ramón Rojas Erazo. Ante
el ataque la señora María Graciela Alvarez, su esposo Hernando García,
Segundo Abigaíl García Torres y su esposa Carmen Guelga de García,
corrieron hacia la parte de atrás de la residencia de Rojas Erazo,
buscando protección. En
ese momento, el señor HERNANDO GARCÍA fue herido en una pierna.
Sus tres acompañantes procedieron a colocarle un torniquete, lo
refugiaron bajo unas piedras cerca del río, y se apartaron del lugar
hacia otro sitio contiguo. Minutos
después unos soldados descubrieron el refugio de Hernando García y le
dispararon. El señor García
perdió la vida como consecuencia de esa ejecución.
De
acuerdo a las declaraciones de los testigos, el comandante de las tropas
ordenó inmediatamente a los pobladores que se reunieran en la iglesia
del poblado, en donde fueron obligados a permanecer toda la noche
acostados en el suelo, amenazados de muerte con armas de fuego. Posteriormente
el ejército ordenó a algunos pobladores que trasladaran los cadáveres
de los sitios donde se encontraban hasta una cancha deportiva que se
encuentra ubicada en el centro del poblado, lugar donde fueron expuestos
toda la noche. Además
de lo anterior, los miembros de la población fueron víctimas del
saqueo al centro de salud de su corregimiento, el cual funcionaba en la
residencia donde fueron asesinados la religiosa Hildegard María Feldman
y Ramón Rojas Erazo.
II.
TRÁMITE DEL CASO ANTE LA CIDH
2.
Recibida la denuncia y sin prejuzgar su admisibilidad, en
comunicación de fecha 22 de mayo de 1992, la Comisión transmitió las
partes pertinentes al Gobierno de Colombia, solicitándole suministrar
la información correspondiente.
3.
El Gobierno de Colombia, en nota de fecha 16 de septiembre de
1993, dio respuesta a la Comisión y en relación con el asesinato de
HILDEGARD MARIA FELDMAN, RAMON ROJAS ERAZO y HERNANDO GARCÍA informó
que el estado actual del proceso era el siguiente:[21] Concluida
la investigación, el señor Brigadier General Comandante de la Tercera
Brigada, Juez de Primera Instancia, en auto de fecha 17 de mayo de 1991,
resuelve cesar todo procedimiento contra el personal militar involucrado
en la investigación, por considerar que no existe mérito para convocar
consejo de guerra, pues se comprobó, de acuerdo con el Código Penal
Militar, la presencia de causales excluyentes antijuridicidad y
culpabilidad tales como legítima defensa y caso fortuito.
En providencia del 22 de julio de 1991, el Honorable Tribunal
Superior Militar confirma en todas sus partes la cesación de todo
procedimiento proferida el 17 de mayo de 1991 en el fallo de primera
instancia, al considerar que en el caso sub-examine aparecen plenamente
probadas tres causales de antijuridicidad, tales como estricto
cumplimiento de un deber legal, necesidad de defender un derecho propio
o ajeno contra injusta agresión y la necesidad de defender un derecho
propio o ajeno no evitable de otra manera (consagrados en el artículo
26 numerales 1, 4 y 5 del Código Penal Militar). Respecto
al no agotamiento de los recursos internos, la Jurisdicción de lo
Contencioso Administrativo establece para los perjudicados por actos u
omisiones de funcionarios del Estado o del mismo Estado, la posibilidad
de demandar ante esta Jurisdicción a la entidad, al funcionario o a
ambos, y si llegase a prosperar la demanda, se dispondrá en la
sentencia la satisfacción de los perjuicios por parte de la Entidad.
Está consagrado así en la legislación colombiana (Decreto N 01
de 1984 Código Contencioso Administrativo) un procedimiento específico
para los casos de responsabilidad contra la Nación, el cual debe
agotarse antes de recurrir a las respectivas instancias internacionales.
4.
La Comisión continuó con el trámite del caso de conformidad
con las normas contenidas en la Convención Americana sobre Derechos
Humanos y su Reglamento, dando a cada una de las partes la oportunidad
de alegar lo que estimaran conveniente en relación con las
observaciones de cada una de ellas y transmitió la respuesta del
Gobierno de Colombia a los peticionarios con fecha 4 de octubre de 1993.
5.
Con fecha 11 de noviembre de 1993, los peticionarios formularon
objeciones y comentarios a la respuesta del Gobierno de Colombia, de las
que la Comisión tomó debida nota y remitió nuevamente a dicho
Gobierno para su conocimiento y comentarios pertinentes.
6.
Dentro del proceso de recoger y confrontar información
proveniente de las partes, la Comisión puso a disposición del Gobierno
de Colombia, mediante nota de fecha 30 de noviembre de 1993, las partes
pertinentes del escrito de observaciones remitido a la Comisión por los
peticionarios.
7.
El Gobierno de Colombia, con fecha 30 de diciembre del mismo año,
informó que el personal de la administración de personal de la Rama
Jurisdiccional se hallaba de vacaciones, en virtud de lo dispuesto por
el decreto 1660 y solicitó una prórroga de 45 días para responder,
plazo adicional que le fue concedido por la Comisión mediante
comunicación de fecha 13 de marzo de 1994.
A partir de esa fecha el Gobierno no ha proporcionado ninguna
información nueva sobre la situación del caso.
8.
Durante su 85º Período de Sesiones la Comisión concedió a los
peticionarios una audiencia, el día viernes 28 de enero de 1994, para
tratar entre varios asuntos, el caso relacionado con el asesinato de
HILDEGARD MARIA FELDMAN, RAMÓN ROJAS ERAZO y HERNANDO GARCÍA.
9.
Durante la audiencia, ante los miembros de la Comisión y
representantes del Gobierno de Colombia, los peticionarios expresaron,
de manera oral y escrita, sus comentarios sobre los hechos y el estado
de las investigaciones. El
Gobierno de Colombia no presentó observaciones a la intervención hecha
por los peticionarios en la audiencia del 28 de enero de 1994 con relación
a la situación del caso.
10.
La Comisión ha tenido en cuenta para adoptar el presente informe
las declaraciones de varios de los testigos, cuyos testimonios fueron
puestos a su disposición por los peticionarios el 25 de marzo de 1994,
y que tienen relación con los siguientes hechos:
a) con la muerte de
la religiosa Feldman y el agricultor José Ramón Rojas Erazo;
b) sobre la forma como fue ejecutado el señor Hernando García
por el ejército; c) sobre
la forma como actuó el ejército el 9 de septiembre de 1990 contra los
pobladores de El Sande.
11.
Testimoniales[22] A.
Con relación a la muerte de la religiosa Feldman y el agricultor
José Ramón Rojas Erazo:
a. ROGELIA MARINA LEYTON
El día 9 de septiembre mi esposo JOSE RAMON ROJAS ERAZO estaba
haciendo un negocio de ganadería y regresó a eso de las cuatro; amarró
el caballo frente de la casa y entró directamente a la cocina y me dijo
que venía con hambre y que le sirviese de comer; le serví no en la
mesa del comedor, sino en otra banca;
estaba en la casa la hermana Hildegard que estaba cuidando una
enferma a quien yo estaba asistiendo en la comida, entonces se sentó al
lado de mi esposo, en la misma banca, preguntándole cómo le había ido
en el negocio. Entonces
empezó la balacera; mi marido siguió comiendo y la señorita Hildegard
se cogió la cara y dijo "virgen santísima esto qué fue" y
ahora qué hacemos, le dije tendámonos y entonces ellos se pararon como
a tenderse y cuando se pararon les pegaron los tiros; mi marido cayó
para un extremo y la hermana Hildegard para otro y entonces me pegué a
la cintura de mi marido y lo sostuve para que no cayera con fuerza, dijo
Jesús, dio un sonido que no se le entendió, un sonido raro como tres
veces, a la segunda hacía intención de hablar, pero a la otra no me
contestó. La enferma
Florinda Quiroz y las otras dos, mi hija Gladys Concepción Rojas y Ruby
Marleny Zambrano ahijada mía, decían "corramos porque aquí nos
matan".
Entonces salimos por la puerta del frente, la principal, apoyando
la enferma, nos fuimos a esconder a una colina y allá permanecimos
hasta que cesó la balacera, como hasta las cinco de la tarde y de ahí
bajamos; rogué que me averiguaran si yo podía entrar a la casa a
recoger el cadáver de mi esposo y de la señorita Hildegard y dijeron
que el comandante había dicho que venga; llegamos y el comandante me
dio el pésame y dijo "allá está su esposo usted verá cómo lo
sepulta, hágase cargo del cadáver de su esposo"; yo le repliqué "y el cadáver de la señorita Hildegard?";
me dijo tranquila que nosotros respondemos; me preguntó qué estaba
haciendo ella y yo le conté que estaba curando una comadre mía que
estaba enferma y volvió y me preguntó usted por qué da posada a los
guerrilleros y yo le dije: señor comandante usted está con su fusil en
la mano y me llega a pedir posada, no se la niego porque usted me puede
matar y entonces me dijo así es y se rió.
Preguntó si la casa era propiedad de nosotros y si se guardaban
armas. Armas de nuestra
propiedad, mi esposo tenía dos carabinas, una era para prestarle a los
obreros y la otra de manejarla él para hacer cacería; que mi esposo no
pertenecía a un grupo armado; él trabajaba en agricultura, tenía
ganado, pagaba contratos.
b.
FLORINDA QUIROZ ROSERO
El día 9 de septiembre me encontraba en la casa de don Ramón
Rojas y Rogelia Leyton, eso fue como a las cuatro, yo estaba ahí con la
hermana Hildegard, estaba recién inyectada, cuando comenzaron a
disparar desde afuera, la casa se puso oscura; nos cogieron a traición
primero cayó el finadito Ramón Rojas y después la hermana Hildegard;
ahí salimos corriendo todas las mujeres o si no nos hubieran matado a
todas con la otra descarga. Ellos hicieron eso pensando que habían guerrilleros pero no
habían guerrilleros. En la
casa de don Ramón Rojas nos encontrábamos yo, la médica (Hildegard)
mi compadrito don Ramón, la mujer de don Ramón, la criadita Ruby y la
hija de Concepción. Antes
de comenzar la balacera, no hubo ningún llamado de atención o algún
grito porque si hubiéramos oído algo, hubiéramos corrido.
Tampoco hubo visita de persona alguna.
c.
Presbítero CIPRIANO LORENZO BASTIDAS
Se enteró del ataque por parte de la guerrilla en contra del ejército
así: el ejército subía,
porque supo con seguridad que un grupo de guerrilleros estaba en El
Sande y se enteraron de la casa en donde ellos estaban hospedados, según
me explicaron entraron por el lado del Sande y se desviaron por el lado
de una quebrada para cercar la casa donde estaba el grupo de
guerrilleros. Cuando
estaban cerca al objetivo un guerrillero que estaba montando guardia los
vio y abrió fuego; los demás guerrilleros estaban bañándose en el río
Cristal a unos cien metros de la casa.
Los soldados mataron al guerrillero y luego creyendo que los
otros guerrilleros estaban dentro de la casa y abrieron fuego contra las
dos casas; cabe anotar que las dos están contiguas.
d.
Teniente NESTOR BELTRAN DUSSAN
Nosotros veníamos en desplazamiento desde hace cuatro días,
desde la localidad de Guachavés, hacia el Sande, porque nos habían
informado que en sus inmediaciones había un grupo de las FARC,
movimiento 29 frente de las FARC. Y exactamente el 9 de septiembre veníamos
desde El Socorro y aproximadamente a las 15 horas tomamos contacto con
dos civiles o campesinos que venían del Sande, cuyos nombres no sé,
ellos nos informaron que entre doce y media y una y media, el grupo que
buscábamos había hecho una reunión en la localidad del Sande y se habían
desplazado hacia la casa del señor Ramón Rojas, quien falleció en
este lugar... Una vez nos
enteramos de eso adoptamos un dispositivo militar de aproximación con
el objeto de llegar por la parte alta y baja simultáneamente para
evitar que el grupo se nos escapara, la contraguerrilla que iba por la
parte de arriba rodeó el pueblo, y cayó cerca a la casa de don Ramón
Rojas, exactamente en el cruce la quebrada el Tigre con el río Cristal.
En esos momentos tuvimos contacto visual con el grupo y al
momento de aproximarnos fuimos detectados por el posta (centinela),
quien al vernos inició el fuego, dando comienzo al combate.
Iniciamos la avanzada dando de baja al centinela y haciendo fuego
sobre el resto del grupo que se encontraba sobre el río.
Siguiendo el camino hacia adelante se encontraba la casa de Ramón
Rojas, desde donde estaban haciendo fuego.
Al tratar de llegar a ella fue herido el soldado Caicedo Angulo,
operador de la metralladora; en razón a esto se intensificó el ataque
hacia la casa con el fin de consolidar el objetivo.
Simultáneamente se desarrollaba el combate sobre el río, después
de un rato... se logró
llegar a la casa y se efectuó el registro correspondiente...
e.
Soldado JULIO CESAR CAICEDO ANGULO
El día domingo 9 de septiembre de este año, como a eso de las 4
de la tarde, me encontraba en la Sección El Sande o sea en este lugar
donde estamos ahora; yo iba en el patrullaje con mis compañeros Montaño,
Hernández, y otros, los nombres precisos no los sé, íbamos cerca a la
vereda El Sande y la pasamos; al cruzar el río miré que había un
centinela vestido de policía, y él alcanzó a dispararles a mis compañeros,
quienes iban también con arma y le dispararon; el centinela cayó
muerto, aclaro que no me dí cuenta si quedó muerto.
Seguimos y más abajo estaba la casa donde me dispararon, porque
yo iba subiendo a instalar la metralladora para barrer a los que estaban
en el río. Yo iba asomado
medio cuerpo y sentí que me dieron aquí en la pierna derecha, entonces
hice una ráfaga para la casa; y yo quedé allí.
Luego mis otros compañeros vinieron, me apoyaron y me siguieron
ellos, y eso fue todo lo que pasó.
Pudo observar qué persona le disparó y lo lesionó identificándolo
de esta manera: había dos guerrilleros y uno de ellos fue el que me
disparó y se fue herido y el otro se voló.
f.
Personero del municipio de Samaniego[23]
De lo único que tengo conocimiento acerca de estos hechos fue la
versión que me dio el mayor del ejército, al mando de todos los
destacamentos que se encuentran en este lugar.
El me manifestó verbalmente que los hechos ocurrieron así:
Cuando ellos llegaron al lugar miraron que en una casa en la parte de
afuera se encontraba un hombre armado con fusil, dice que se trataba de
un guerrillero y que cuando se acercaron este señor disparó contra él
hiriendo a un soldado en una pierna.
Que en respuesta de esto el soldado que estaba armado de
ametralladora disparó contra el atacante y que por encontrarse éste en
la parte de afuera de la casa, algunos disparos hicieron blanco en la
casa y atravesaron las paredes y que lastimosamente en el interior se
encontraban la religiosa suiza y el señor Ramón Rojas quienes fueron
alcanzados por las balas y murieron...
g.
Juez SANDRA BASTIDAS
Sobre la diligencia de inspección judicial y en la ocular que
realizara al "campamento", manifestó que "Primeramente
debo aclarar que practiqué diligencia de inspección judicial a la casa
donde se encontraron los elementos y herramientas que usaban los
guerrilleros y que pertenecía a las Fuerzas Militares regulares, más
no a la que se indica como 'campamento' y donde murieron las personas
mencionadas...". "Uno de los tenientes en su declaración me
explicó que en las operaciones de inteligencia previas al
enfrentamiento se les informó que el grupo guerrillero se alojaba en la
casa de uno de los ciudadanos de la vereda El Sande, por lo que ellos
llegaron a ese lugar y atacaron. Desafortunadamente
en la casa había civiles que cayeron muertos...
Como persona y como juez en ningún momento encuentro ético,
humano y legal atacar indiscriminadamente una población por considerar,
según el criterio de las Fuerzas Armadas, que todos los miembros de la
comunidad son guerrilleros. Independientemente
de las operaciones y tácticas militares que yo desconozco en absoluto,
creo que el conflicto y la guerra es entre las fuerzas armadas y los
grupos subversivos; se debe más respeto y consideración a la población
civil. Creo que nunca se
debió obrar como desafortunadamente se obró en la sucesión de estos
hechos...".
Que al llegar al lugar del conflicto los cadáveres ya habían
sido enterrados por moradores de la región, por lo que se decidió
realizar la exhumación y necropsia por parte del personal médico que
acompañó al juzgado; que recibió declaraciones sobre los hechos de
las personas del lugar que los habían presenciado; que recibió las de
cuatro personas, quienes coinciden en que el ejército llegó
sorpresivamente al lugar y atacó en forma indiscriminada a la población,
afirmándoles que todos eran guerrilleros; que los muertos en su mayoría
pertenecían a la población civil; que en la exhumación y
reconocimiento de cadáveres se confirmó esta versión, puesto que sólo
uno de los muertos era guerrillero y las demás personas conocidas en la
región, trabajadoras en la agricultura que nada tenían que ver con
actividades subversivas; constatando que lo más doloroso era que se
trababa de una comunidad sumida en absoluta pobreza y abandono; que habían
causado la muerte a una misionera que les servía de enfermera y atendía
una rudimentaria farmacia; que algunos miembros de la población, en
forma muy reservada y temerosa, le confesaron que habían sido
amenazados de muerte por parte del ejército.. B.
Con relación a la forma como fue ejecutado por el ejército el
señor HERNANDO GARCÍA:
a.
SEGUNDO ABIGAIL GARCÍA TORRES
El 9 de septiembre de 1990 me encontraba en mi rancho, estaba con
mi mujer, tres hijos más, en caserío de Sande.
A las cuatro de la tarde más o menos estuve yo con Hernando García
Zambrano o Zambrano García y la mujer; en ese momento oímos de tres a
cuatro disparos. Enseguida
prendieron el resto de disparos ya en ráfaga, entonces nosotros nos
asustamos y yo les dije "corramos para el río", mi mujer dijo
¿y los niños dónde estarán? Salimos corriendo por el mismo camino, Hernando, mi mujer, la
mujer de Hernando y la hija mía con los niños y un hermano mío; a la
hija y al muchacho más pequeño y a mi hermano les dijimos que se
fueran de la casa de arriba a la otra casa, entonces Hernando dijo
"no me dejen solo porque estoy abaliado la pierna"; entonces
le amarré la pierna y lo hice meterse más al monte, y le dije "quédese
aquí quieto hasta que pase esto, tiene quebrada la pierna; más tarde
lo llevaremos al puesto de salud para que le pongan suero y anestesia".
Allí lo acompañé y me escondí cerquita de él.
El me llamó varias veces y regresé a verlo. Entonces ya hubo silencio de tiros y me dijo:
"Sáqueme de esto".
"Aguárdese que pase el tiroteo, esperemos otro rato".
Regresé a mi puesto y escuché unos gritos; salí a oír,
pensando que era el Ejército que nos decía que ya podíamos salir,
pero habían sido los
soldados gritándose entre ellos. Yo
les pregunté o les grité ¿salimos ya?, entonces me contestaron "quítense
de ahí". Yo sabía dónde estaba mi familia y corrí para la orilla
del río, a donde estaban en una cueva grande redondeada de piedras.
El Ejército hizo dos tiros a las piedras donde estábamos
nosotros, enseguida otra vez en ráfaga.
Yo le dije a mi familia "lo acabaron a Hernando".
Entonces ya se nos hizo de noche y nosotros queríamos salir de
allí, porque en ese lugar no podíamos dormir, y así lo hicimos.
Cuando llegamos al rancho nos encontramos todos.
Entonces ya dijeron que a Hernando García y al otro guerrillero
los habían muerto.
En relación con los miembros del Ejército que pegaron los tiros
a las piedras, y en qué lugar estaban ustedes dijo que no vieron, sino
los chispones. Lo que hizo
fue irse para la cueva con su familia.
Que permaneció en la trinchera lo menos fue hora y media.
Que cree que las personas que dieron muerte fueron
del Ejército. Que
Hernando no pertenecía a ningún grupo armado y que él era un hombre
pobre, agricultor, responsable de la familia.
Cree que hirieron a Hernando cuando iban en la carrera a
esconderse. Que Hernando no
llevaba ningún arma. Que
después que dejó a Hernando, estuvo en silencio un buen rato, hubo un
disparo y dijo, acabaron a Hernando.
b.
Teniente NESTOR BELTRAN DUSAN
El sujeto Hernando García fue uno de los que se abatió en la
parte alta del río en momentos en que huía con otro presunto bandolero Este acto fue ejecutado por una escuadra del ejército
denominada Arco 3.
c.
MARÍA CARMEN GUELGA DE GARCÍA
Cuando íbamos hirieron al señor Hernando García que iba junto
con nosotros; yo los ví
bien y eran unos del ejército.. enseguida
le puse a Hernando un torniquete que le estancó la sangre;
le pusimos la pierna arriba y la cabeza abajo -yo dije "dejémoslo
y escondámonos" y él contestó:
"no se vaya - ya pasó la balacera", y salió mi marido
y les gritó al ejército ya salimos y entonces dijeron: échense a tierra y enseguida, después yo me alejé junto
con mi marido y allí permanecimos; después oí la balacera que
acabaron con él... Cuando
llegamos a la capilla dije "me entristece que mataron a
Hernando", y el ejército me contesta: "No, que era un
guerrillero que estaba quejándose...".
d.
ROGELIA MARINA LEYTON
Sobre las personas que murieron el 9 de septiembre como
consecuencia de la balacera que se presentó ese día dijo que murió un
hombre que se llamaba Hernando García Zambrano y un guerrillero
Eso dijeron, no más: hubo
cuatro muertos y una abaleada. Yo
lo conocí porque fue obrero de mi esposo.
Que el lugar donde se encontró o estaba el cadáver del que decían
que era guerrillero había quedado a pleno camino, al frente del Himat
un poquito diagonal, fue muy lejos de su casa.
Que conoció a la misionera Hildegard ya que estando aquí en el
caserío, ella ayudaba a hacer sus celebraciones. C.
Sobre la forma como actuó el ejército el 9 de septiembre de
1990 contra los pobladores de El Sande:
a.
LUZ MARINA ERAZO
El día domingo 9 de septiembre, me encontraba en el caserío El
Sande; podrían ser más o menos las cinco, faltaba como un cuarto, yo
salía de Sande a la casa de un tío de mi marido, y en la última casa,
la de don LUIS TORRES, encontramos a unos señores; era el ejército y
estaban armados. Faltaba un poquito para llegar a la casa de don Luis Torres,
cuando alcanzamos a ver a esos señores del ejército y nos dijeron que
nos hiciéramos a un lado del camino.
Nosotros teníamos que entregar unas estampitas de la Virgen de
las Lajas a la señora Rosario, las entregamos y nos fuimos a la casa
del tío de mi marido. No
alcanzamos a llegar a la casa de él cuando sentimos disparos y nosotros
nos tiramos al suelo, mi marido cayó para el lado de abajo, como en una
zanja con escalera y yo quedé arriba, entonces cuando pasaron los
disparos, muchos disparos, mi marido me dijo bájese aquí porque arriba
la van a matar. Cuando caí
abajo mi marido dijo "la mataron" y los tiros siguieron
cayendo. Me habían herido,
pero yo no pensaba que estaba herida sino golpeada.
Nos tiramos al piso y fue cuando me atoré de sangre; cuando
pasaron los disparos, dijo "bajemos al hueco" y cuando yo
levanté la cabeza había mucho ejército al frente y yo le dije "nos
van a matar, no nos bajemos", pero después le dije "bajemos
porque yo me voy a morir". Recibí atención médica el día lunes
en que me puso un esparadrapo uno de la contraguerrilla, es decir de los
mismos del ejército; mi marido trataba de sacarme ese día, pero no podía
porque estaba solo ahí; decían que toda la gente estaba encerrada en
la capilla... Que al momento del tiroteo no vio a gente de la guerrilla
y que hacía mucho rato que no se veía a ninguno de ellos.
Yo no vi guerrilla disparando.
Las personas que disparaban estaban vestidas con el uniforme del
ejército, unos con camuflado y otros con pantalón verde y camiseta
verde con rayas verdes también, todos ellos estaban revueltos... [ Próximo ]
(*)
El miembro de la Comisión doctor Alvaro Tirado Mejía se abstuvo
de participar en la consideración y votación del presente informe en
cumplimiento del artículo 19 del Reglamento de la Comisión.
[21]
El presente, y todos los demás textos citados en el presente informe
son un resumen del contenido del original.
El pronunciamiento de la Comisión se ha basado en los textos
originales.
[22]
Los testimonios que se incluyen a continuación son un extracto, sin
desnaturalizarlas ni alterarlas, de las versiones originales recogidas
por los funcionarios de la Procuraduría General de la Nación o por
las autoridades judiciales colombianas que participaron en las
investigaciones internas efectuadas en la República de Colombia.
[23]
Versión del Mayor Cajiao. |