INFORME ANUAL 1991
GUATEMALA La Comisión
Interamericana de Derechos Humanos ha continuado observando el desarrollo de
la situación de los derechos humanos en Guatemala durante el período que
cubre el presente Informe Anual. En
sus 79°
y 80°
períodos de sesiones la Comisión decidió iniciar la preparación de un
Informe Especial sobre Guatemala, así como la conveniencia de efectuar una
observación in loco, a fin de apreciar in situ la situación
de los derechos humanos en dicho país. En el
orden político, cabe señalar que se llevaron a cabo las elecciones
presidenciales. El Ingeniero
Jorge Serrano Elías obtuvo una pluralidad electoral del 24.1 por ciento en
la primera ronda el 11 de noviembre de 1990 y una mayoría del 68.8 por
ciento en la segunda realizada el 6 de enero de 1991.
Como es del dominio público, la campaña se vio empañada por actos
de violencia que costaron la vida a 20 políticos y 2 periodistas.
También algunos políticos en el exilio expresaron que no pudieron
participar en el proceso electoral por considerar que no existían garantías
para su vida e integridad personal. Con
motivo de la visita del Presidente de Guatemala a los Estados Unidos, el 30
de septiembre de 1991 los miembros de la Comisión fueron invitados a
sostener una reunión con el Presidente Serrano Elías. En esa
oportunidad el Presidente Serrano informó sobre las medidas en favor del
fortalecimiento de la democracia y vigencia de los derechos humanos que
adelanta desde que asumió el Gobierno.
Entre otras medidas, mencionó los procesos judiciales contra los
militares responsables de la masacre de Santiago de Atitlán, la reiniciación
del proceso de negociación Finalmente,
el Presidente Serrano reiteró su empeño en llevar adelante el programa de
Gobierno en cuanto al respeto en materia de vigencia de los derechos
humanos, asegurando que su objetivo fundamental era poner fin a estas
violaciones y reafirmar el poder civil sobre el militar. En lo que
se refiere a los esfuerzos del nuevo Gobierno por lograr la pacificación
del país mediante la negociación con la guerrilla, cabe citar que el 8 de
abril de 1991, el Gobierno propuso la denominada "Iniciativa para la
paz total de la Nación", la que se basa en los siguientes cuatro
puntos de fondo: terminación
de la lucha armada, mayor equidad económica y social, respeto y
fortalecimiento del régimen de legalidad, y profundización del proceso
democrático, y dos puntos de procedimiento, a saber: definición de un
acuerdo de paz total y reunión para la firma de los acuerdos de paz total. De
acuerdo con dicho programa de pacificación, en abril de 1991 tuvo lugar en
México una reunión entre representantes del Gobierno y de la Unidad
Revolucionaria Nacional Guatemalteca, donde se acordó llevar adelante
conversaciones de paz y se decidió que las negociaciones contarían con la
mediación de Monseñor Rodolfo Quezada Toruno y estarían bajo la observación
del Representante del Secretario General de las Naciones Unidas, señor
Francesco Vendrell. En julio
de 1991 en Querétaro, México, se celebró una importante reunión que
concluyó con la firma del acuerdo denominado "marco sobre
democratización para la búsqueda de la paz por medios políticos" o
"Acuerdo de Querétaro". Cabe
destacar que en las conversaciones de paz han participado representantes del
Ejército dentro de la delegación gubernamental. En
noviembre de 1991, Monseñor Quezada Toruno se reunió en Nueva York con
Javier Pérez de Cuéllar, Secretario General de la ONU, para evaluar las
conversaciones de paz realizadas y continuar con el desarrollo de las
mismas. En cuanto
a los esfuerzos del Presidente Serrano encaminados a mejorar la situación
de los derechos humanos en dicho país, cabe destacar que el Gobierno por
Acuerdo Gubernativo del 12 de julio de 1991, dispuso la reestructuración de
la Comisión Asesora de la Presidencia en Materia de Derechos Humanos.
Su función es, en lo fundamental, coordinar esfuerzos Por otra
parte, se anunció la formación del Fondo Nacional para la Paz (FONAPAZ),
para apoyar la política de atención a la población refugiada y
repatriada. La Comisión
apoya toda iniciativa que tienda efectivamente a la vigencia de los derechos
humanos, y espera que tanto el proceso de paz como los otros mecanismos
implementados lleven a la protección efectiva de los derechos
fundamentales. En junio
de 1991 el Procurador de los Derechos Humanos presentó su informe semestral
sobre la situación de los derechos humanos, en el que se da cuenta que se
recibieron 3.906 denuncias de las cuales sólo 1.159 fueron admitidas por
encontrarse dentro del campo de competencia de esa Procuraduría, y
referentes a situaciones que afectan a los derechos civiles y políticos,
económicos y sociales, y en el que se da cuenta de actividades de mediación,
educación y otros. En
materia del derecho a la vida, la Comisión recibió información durante el
año 1991 de diversas organizaciones no gubernamentales, así como del
propio Gobierno, con estadísticas sobre el nivel de violaciones a los
derechos humanos en Guatemala. Una
organización no gubernamental informó que en el primer semestre del año,
se denunciaron 585 ejecuciones extrajudiciales y 113 desapariciones
forzadas, y otra informó de 180 ejecuciones extrajudiciales y 46
desaparecidos, para el primer trimestre de 1991 y denuncia con particular
alarma la campaña de persecución y amedrentamiento dirigida contra los
activistas del Consejo de Comunidades Etnicas Runujel Junam (CERJ) y otros
organismos defensores de los derechos humanos, así como de familiares de
los mismos. La Oficina del
Arzobispado de Guatemala informó a diciembre de 1991, de 575 ejecuciones
extrajudiciales, 236 asesinatos, 144 desapariciones forzadas. En su
informe del primer semestre de 1991, el Procurador de Derechos Humanos de
Guatemala registra 321 denuncias por supuestas muertes extrajudiciales (116
tipificadas como tales, 172 en estudio y 33 no tipificadas como tales), 80
denuncias por supuestas desapariciones forzadas (27 tipificadas, 34 en
estudio y otros). Además 81
denuncias por ausencia (24 reaparecidos vivos, 2 muertos y 55 aún
desaparecidos). La Comisión
observa con preocupación los diferentes actos de violencia contra miembros
del movimiento sindical, de las Comunidades de Pueblos en Resistencia, del
sector de la prensa, así como contra los campesinos indígenas, y solicita
al Gobierno de Guatemala la más exhaustiva investigación.
El 24 de abril de 1991, Moisés
Cisneros Rodríguez, Hermano Marista de origen español y director del plan
educativo de los tres Colegios Maristas de Ciudad Guatemala, fue ejecutado
con arma blanca por un grupo de hombres no identificados que penetró en sus
oficinas en horas de la mañana. El 25 de
abril, fue asesinada Dinora Pérez Valdez frente a su domicilio.
Era abogada laboralista y fundadora de la Unión Sindical de
Trabajadores de Guatemala (UNSITRAGUA). El 15 de
julio de 1991, el encargado de la Pastoral Social de El Quiché, Julio
Quevedo Quezada, fue asesinado en dicha comunidad.
La denuncia fue presentada ante la Procuraduría de Derechos Humanos
por Monseñor Julio Cabrera, Arzobispo de El Quiché. El 28 de
julio de 1991, en Ciudad de Guatemala, fue encontrado el cadáver del
periodista Anson Ng Young, quien era corresponsal de la agencia noticiosa
"Times". El 13 de
agosto, el periodista Byron Barrera, quien sobreviviera a un atentado en
noviembre de 1990, en el que murió su esposa, se presentó al Juzgado que
sigue el caso para hacer las declaraciones correspondientes. En
septiembre de 1991, el Juez de Instrucción que lleva el caso contra
Francisco Castillo, Carlos Guiovanni Rosales y Ezequiel Trujillo Hernández
por supuestos delitos de homicidio, dio a conocer que dichos imputados
presentaban señales de violencia física. Aquellos habían denunciado ante la Procuraduría de Derechos
Humanos que habían sido objeto de torturas por parte de efectivos de la
Policía Nacional para que declararan su culpabilidad en el caso. El 7 de
noviembre de 1991, Edin Leonel Sierra Santos, médico forense del Sindicato
de Trabajadores del Organismo Judicial (STOJ) fue extrajudicialmente
ejecutado en el Departamento de Zacapa.
Seis días después, Rogelio Oswaldo Peñate, miembro del STOJ fue
también asesinado por hombres armados en Jutiapa, después de 10 días de
huelga por mejores salarios. El 24 de
noviembre de 1991, fue asesinado Miguel Cobo Carrillo y capturado Jacinto
Raymundo Terraza, quienes eran miembros de Comunidades de Población en
Resistencia de la Sierra. Se mencionó como responsables a soldados del destacamento de
Amacchel. El 17 de
enero de 1992, un grupo de hombres armados, vestidos de militares,
masacraron a tres hombres y un niño en Ciudad Peronia, Villa Nueva.
Dos días después el Capitán Julio Alberto Yon Rivera informó de
la detención y presentación de cargos contra dos soldados.
Las víctimas son pobladores indígenas de San Pedro Jocopilas, Quiché.
El mismo 17 de enero, la Comisión
fue informada de nuevas amenazas de muerte contra miembros de la comunidad
indígena de El Quiché, en Tunujá, Zacualpa, específicamente contra
Florencio Coj García, Guadalupe Coj García, Manuel Chingo de la Cruz,
Mariano de la Cruz y Luisa Ruiz Saquic, pertenecientes al Grupo de Apoyo
Mutuo. Estas tres últimas
personas fueron detenidas el 19 de enero de 1992, bajo la imputación de
subversivos. En el
caso de la Hermana Diana Ortiz, no se registran significativos progresos en
la investigación del secuestro, tortura y violación de esta monja católica
de nacionalidad estadounidense, a pesar de que el Presidente Serrano prometió
durante su campaña adoptar importantes medidas para la solución del caso.
A finales del período que comprende este informe, el fiscal especial
encargado del asunto no ha sido oficialmente autorizado para actuar
formalmente en el caso. Además,
el caso fue trasladado de Antigua a la Ciudad de Guatemala.
La solicitud de allegar al tribunal los informes que tuvieren sobre
el caso tanto el Ejército como la Policía Nacional ha sido desatendida. En el
caso sobre amenazas de muerte contra los miembros del Consejo de Comunidades
Etnicas Runujel Junam (CERJ), la Comisión solicitó ante la Corte
Interamericana de Derechos Humanos la adopción de medidas cautelares para
la protección de las siguientes 14 personas:
Diego Perebal, José Velásquez, Rafaela Carpir, Manuel Suy, José
Suy, Amílcar Méndez, Justina Tzoc, Manuel Mejía, Miguel Sucuqui, Juan
Tum, Claudia Quiñones, Pedro Ixcaya, María A. Torres y Roberto Lemus.
En fecha 15 de julio de 1991, el Presidente de la Corte concedió
provisionalmente lo solicitado y resolvió:
"1. Requerir al
Gobierno de Guatemala a que adopte sin dilación cuantas medidas sean
necesarias para proteger el derecho a la vida y a la integridad personal de
(nombres indicados) en estricto cumplimiento de la obligación de respeto y
garantía de los derechos humanos que tiene contraída en virtud del artículo
1.1 de la Convención. 2.
Convocar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos a sesionar del
29 al 31 de julio de 1991 ... (para conocer del asunto).
3. Convocar al Gobierno de Guatemala y la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos ...a una audiencia pública...el 29 de
julio de 1991..." Los
miembros del CERJ denunciaron reiteradas veces las amenazas de que son
objeto, incluso en una conferencia de prensa donde participaron el Ministro
del Interior Fernando Hurtado Prem y el Procurador de Derechos Humanos,
Ramiro de León Carpio. El
Gobierno de Guatemala solicitó postergación de la audiencia del 29 de
julio de 1991. El 1°
de agosto, la Corte confirmó las medidas decretadas anteriormente por el
Presidente y las prorrogó hasta diciembre 3 de 1991, requirió al Gobierno
de Guatemala indicar las medidas de protección otorgadas y solicitó al
Gobierno y a la Comisión mantener informada a la Corte acerca del
cumplimiento de las mismas.
Ante la gravedad y frecuencia de
las amenazas, el señor Amílcar Méndez (uno de los beneficiados con las
medidas cautelares) decidió abandonar temporalmente el país en octubre de
1991. Asimismo, el Juez Roberto
Lemus Garza, abandonó el país el 17 de julio de 1991.
El señor Amílcar Méndez visitó a la Comisión e informó sobre la
continuación del peligro contra su integridad personal y la persecución de
que era objeto. En
diciembre 3 de 1991, la Corte tomó nota de las medidas adoptadas por el
Gobierno y dio por finalizada en esta fecha los efectos de la resolución
del 1o. de agosto de 1991. La
Comisión presentó el 16 de diciembre solicitud para nueva audiencia sobre
el caso Chunimá y la reinstalación de medidas cautelares hasta la
verificación de una nueva audiencia. Interesa
a la Comisión que el Gobierno de Guatemala ofrezca garantías adecuadas e
idóneas de seguridad a las personas objeto de las medidas cautelares del
caso Chunimá y para sus familiares. En el
caso de Mirna Mack, el supuesto responsable del asesinato, Noel de Jesús
Beteta Alvarez, fue detenido en la ciudad de Los Angeles, Estados Unidos, y
puesto a la orden del Juzgado respectivo en Guatemala el 4 de diciembre de
1991. Meses antes, el
investigador, José Miguel Mérida Escobar, quien junto con Julio César Pérez
Ixcajop realizaron la investigación preliminar del caso de Mirna Mack, fue
asesinado el 5 de agosto de 1991, después de haber ratificado el primer
informe sobre el caso que señalaba que eran razones políticas la causa del
asesinato de Mirna Mack. En ocasión
de su visita de observación a Guatemala, el Profesor Christian Tomuschat,
experto de Naciones Unidas sobre dicho país, manifestó al Presidente Jorge
Serrano Elías su intención de hacer una visita a la comunidad el Cavá,
una de las comunidades conocidas como Población en Resistencia (CPR).
El día 10 de octubre de 1991, previa comunicación a los altos
mandos militares y a las autoridades militares locales, el señor Tomuschat
se desplazó en helicóptero a dicha población, en compañía del
Procurador General Adjunto Alvarez Guadamuz.
Al descender se percataron de la falta de habitantes en el poblado.
Al cabo de unos minutos, aparecieron algunas personas para
advertirles que se escondieran porque acababan de ser atacados por el Ejército. Llevados a una cabaña, se sostuvo una reunión informal,
pudiendo observarse los rastros del ataque y los impactos de las balas.
Uno de los pobladores reprodujo un cassette en el cual se podían oír
claramente los disparos y los helicópteros que participaron en el ataque al
poblado. El
Profesor Tomuschat remitió al Presidente una nota de protesta donde
solicitaba garantías de que este hecho no volviera a repetirse.
Como consecuencia de este reclamo, el Jefe de la Fuerza Aérea fue
removido y el Gobierno presentó sus excusas por el incidente al experto
Tomuschat. En relación
con la matanza de trece personas en Santiago de Atitlán, a lo que se hizo
referencia en el Informe anterior, la Comisión ha tenido Sin
embargo, la Comisión ha recibido información acerca de la inquietud de los
pobladores por nuevos hechos de violencia en el área que puedan justificar
la reinstalación de un destacamento militar, en momentos en que la
organización de auto protección desarrollada por los pobladores de
Santiago de Atitlán ha logrado un ambiente de tranquilidad cívica en el
lugar. La Comisión
Interamericana observa con satisfacción toda acción gubernamental
tendiente a disminuir las tensiones en el área.
Asimismo considera como un importante progreso en materia de
observancia de los derechos humanos el hecho de que los autores, un teniente
y un sargento del removido destacamento militar, hayan sido condenados como
responsables en noviembre de 1991 y sentenciados a 4 y 16 años de prisión
respectivamente. La sentencia
del tribunal de primera instancia fue apelada y la Procuraduría de Derechos
Humanos ha solicitado elevar la condena en el caso del sargento. La Comisión
observa igualmente que los casos de ejecuciones extrajudiciales y torturas
presentados a esta Comisión han disminuido.
Ello no obstante, la Comisión seguirá preocupándose de esta
situación hasta su erradicación total, ya que ella advierte que los
procesos judiciales en los que se encausa a los presuntos responsables en
este tipo de delitos no se caracterizan por un esfuerzo investigador
exhaustivo que busque la individualización y sanción de los responsables
de acuerdo con la gravedad de los hechos.
Una constante en los diferentes informes sobre la situación en
Guatemala es el señalamiento de un deficiente Poder Judicial que pueda
cumplir las importantes funciones que le están asignadas. La Comisión
observa asimismo con preocupación que el trabajo de los organismos no
gubernamentales de derechos humanos se ve afectado por atentados, acciones
de hostigamiento y amenazas contra sus miembros y familiares. En la
primera quincena de enero de 1992, se ha informado a la Comisión de
amenazas de muerte contra Roberto Yancor, quien es miembro de la Unión de
Trabajadores. Han
continuado asimismo las amenazas contra los miembros de la Confederación de
Religiosos de Guatemala (CONFREGUA) que reune a 111 congregaciones de la
Iglesia Católica. Esta
organización trabaja especialmente llevando ayuda y asistencia en las
comunidades del Quiché, Huehuetenango y las Verapaces.
El Presidente de CONFREGUA, señor Marcelino En
informes anteriores la Comisión ha tratado con especial atención la
problemática de los indígenas en Guatemala, donde a diferencia de otros países
latinoamericanos, dicha población no constituye una minoría, sino que
representa más de la mitad del total de la población, la cual, sin
embargo, según información suministrada a la Comisión, es discriminada, víctima
de hostigamientos y carente de garantía en sus derechos fundamentales. De
acuerdo a la Constitución guatemalteca, los indígenas tienen amplia
protección (artículos 57, 66‑70) que asegura respeto de su identidad
cultural, protección a los grupos étnicos, así como a las tierras de las
cooperativas agrícolas y comunidades indígenas. Sin embargo, la realidad indígena guatemalteca se ha visto
afectada en muchos casos por desplazamientos de indígenas de su hábitat
tradicional y su forzado reasentamiento en
"comunidades de desarrollo" lo que implica un
incumplimiento de la ley y de las prescripciones constitucionales sobre la
materia. Un grupo
social especialmente vulnerable en sus derechos fundamentales son los
menores. La Comisión
ha recibido información en relación con el asesinato de cuatro niños de
la calle, Henry Geovani Contreras, Luis Eduardo Pirir, Eduardo Sandoval y
Tovito Juárez, en cuyo proceso se encuentran sindicados dos agentes de la
policía. En julio
de 1991 fue revocada la sentencia que condenaba a los policías acusados del
asesinato del niño de la calle Nahamán Carmona y los imputados esperan
nuevo juicio. El 31 de
julio de 1991, en la zona 3 de la ciudad de Guatemala, apareció el cadáver
no identificado de un niño de la calle de aproximadamente 7 u 8 años, que
presentaba señales de tortura. El 1°
de agosto de 1991, Esteban Aguilar, de 15 años de edad, fue secuestrado por
dos hombres uniformados y un hombre de civil, según se informó a la Comisión.
Ocho días después se indicó que una radiopatrulla de la policía
en ciudad de Guatemala, en la zona del Puente Amate, disparó contra tres
menores hiriendo a Mario Hernández, quien fue llevado por sus compañeros a
Casa Alianza. Así
también, el 18 de diciembre de 1991, el niño Francisco Tziac, de 16 años,
fue secuestrado y golpeado por dos hombres.
El menor escapó y se refugió en Casa Alianza.
El 20 de enero de 1992 se comunicó
a la Comisión nuevas agresiones contra Felipe González (Chiripa) de 14 años
y José Corrado Mendoza (Olindo), menores de 18 años, quienes fueron
golpeados por dos hombres no identificados.
El hecho tuvo lugar en la ciudad de Guatemala.
También se ha indicado la ausencia de una efectiva investigación en
el caso. En este
sentido, la Convención Americana sobre Derechos Humanos consagra el derecho
de todo niño a una protección especial por parte de su familia, de la
sociedad y del Estado, en razón de su condición de menor (Artículo 19). Constituyen
hechos alentadores los procesos seguidos contra oficiales involucrados en
abusos contra menores, así como la firma reciente del "Convenio de
Cooperación para la defensa y protección del niño de la calle y de los
menores desamparados o en situación irregular" (firmado el 6 de
noviembre de 1991, a través del cual se establecen claramente las
relaciones entre el Ministerio Público y "Casa Alianza"
‑‑que es una filial de la Covenant House de Nueva York, que
brinda amparo a los niños de la calle‑‑ a fin de cooperar en
cuanto a presentación de denuncias y programas de concientización sobre el
problema. Esta institución
realizó su trabajo bajo fuertes amenazas y hostigamiento a su personal
durante 1991, según información recibida en la Comisión. El
Procurador de los Derechos Humanos manifestó su posición en "contra
del ... reclutamiento de menores de edad por parte del Ejército de
Guatemala" (Informe semestral 1991). Fuentes del Gobierno estiman que un número aproximado de
5,000 niños viven en la calle. Sigue
preocupando a la Comisión la participación forzada de la población
campesina en las denominadas patrullas de autodefensa civil, que fueron
creadas durante la dictadura del General Ríos Montt, pese a que las
autoridades gubernamentales y la legislación afirman su carácter
voluntario. Las diferentes
ONG's han brindado testimonios, en audiencias ante la Comisión, de casos en
que se han cometido violaciones a los derechos fundamentales de personas que
han rehusado formar parte de estas patrullas. La Comisión
también observa con atención los hechos relacionados con las Comunidades
de Población en Resistencia (CPR). En
octubre de 1991, el pueblo de El Petén anunció su existencia como
Comunidad de Población en Resistencia, presentando similares demandas a las
hechas en septiembre de 1990 por la CPR de la Sierra, tales como el
reconocimiento como comunidad civil no combatiente, el permiso para el libre
movimiento dentro y fuera de las comunidades, sin intervención de las
Patrullas Civiles o del Ejército. La CPR de
la Sierra, por información recibida en esta Comisión, denunció el 23 de
noviembre actos de represión en su contra por parte de las Patrullas
Civiles y el Ejército de la zona. Asimismo, informaron que entre junio y noviembre de 1991 se
produjo el asesinato de cuatro personas miembros de la Comunidad:
Miguel Cobo Carrillo, Francisco Cedillo López, La Comisión
desea manifestar su preocupación por estos actos de violencia contra la
población civil generados, entre otros factores, por la situación de
conflicto interno que vive el país. Otro tema
que preocupa a la Comisión es la situación de los desplazados fuera del país.
Cerca de 43,000 han calificado como refugiados y viven, algunos,
desde hace 10 años en México. Cerca
del 90 por ciento son campesinos indígenas, ubicados en los departamentos
de Quintana, Campeche y Chiapas, en México.
Una iniciativa para el retorno de estos refugiados, se inició con la
llegada del Gobierno civil en 1986, fecha desde la cual y hasta 1990 se habían
repatriado 5,784 refugiados. En 1987,
se formó lo que se conoce como "Comisiones Permanentes" (CCPP)
que agrupan a representantes de diferentes campamentos, con el objetivo de
iniciar el diálogo con el Gobierno para preparar las condiciones de un
regreso masivo. Después de
algunas fricciones para negociar, en mayo de 1991, el Estado aceptó
discutir los puntos propuestos por CCPP sobre el derecho de retornar
voluntariamente, tomar posesión de sus pasadas tierras, organizarse y
asociarse libremente, que se respetara la integridad personal y de vida de
los repatriados, que fueran acompañados de observadores nacionales e
internacionales, y la libertad de movimiento.
Sin embargo, en una reunión en junio de 1991 se paralizaron las
negociaciones hasta octubre en que se acordó el retorno gradual a iniciarse
en 1992, con la inclusión del CCPP en el proceso. Entre
enero y mayo de 1991 se repatriaron 770 personas, más que los 756 que se
repatriaron durante el año de 1990. Durante
1991 se reestructuró la Comisión Especial de Atención a Refugiados
(CEAR), y se celebró el 15 de noviembre, en Guatemala, una reunión con los
representantes de los refugiados, acordando la programación de
repatriaciones de aproximadamente 12,000 personas durante 1992 y 20,000 en
1993. El
problema de la repatriación abarca no sólo a los aproximadamente 43,000
calificados como refugiados, sino a los no calificados como tales, que en
algunos casos puede doblar la cifra. La
Comisión espera que las condiciones de seguridad se incrementen y sean
propicias para el retorno de este sector desplazado por la violencia política,
así como por las pobres condiciones sociales y económicas del país. Con
respecto a la crítica situación de la justicia en dicho país, la Comisión
señala otra vez la necesidad de que se adopten reformas legislativas
urgentes, entre ellas la del Código Procesal Penal, a fin de que se
establezcan modalidades más ágiles de juicios públicos y orales y se
considere la conveniencia del juzgamiento de los militares por tribunales
comunes.
La
Comisión desea manifestar que el respeto de los derechos vinculados a la
vida e integridad, deben ir paralelamente acompañados del mejoramiento de
los niveles de vida de la población, en relación con los derechos económicos,
sociales y culturales, cuya implementación debe ser una prioridad del
Estado. Asimismo,
quiere exhortar al ilustre Gobierno de Guatemala a que ratifique el
Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en
materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Recientemente
el Presidente Jorge Serrano, cumplió su primer año de gestión
presidencial y al rendir su informe dando cuenta de las labores de su año
de gobierno destacó los logros económicos alcanzados por su país en dicho
período, prometiendo continuar su lucha en materia económica y seguir
confrontando para 1992 los serios problemas de desequilibrio social que
sufre Guatemala. En atención a los indicadores de la crítica situación social y económica en Guatemala, la Comisión recomienda poner especial énfasis en dicha situación, ya que se encuentra estrechamente relacionada con el muy grave problema de derechos humanos que aflige a ese país. Asimismo lo exhorta a continuar con su denominada "guerra a la impunidad" que ha llevado a algunos militares responsables de injustificables excesos a los tribunales de justicia. La Comisión, que ha alentando constantemente la consolidación de la democracia en Guatemala, ratifica su confianza de que, para la institucionalización del referido proceso y vigencia de los derechos humanos, se de pleno cumplimiento y observancia a las normas de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
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