HAITÍ* 

 

                   INTRODUCCIÓN 

          1.       La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, dentro del marco de su competencia, establecida por la Convención Americana sobre Derechos Humanos y demás instrumentos aplicables, ha continuado observando la evolución de la situación de los derechos humanos en Haití.  La inclusión de Haití en esta sección del Informe Anual, se debe a que la situación del país, durante 1997, reune los requisitos del nuevo criterio establecido por la Comisión, el cual comprende situaciones coyunturales o estructurales que se encuentran presentes en países, cuyos gobiernos han sido electos democráticamente, pero que por diversas razones, enfrentan situaciones que afectan gravemente el goce y disfrute de los derechos fundamentales consagrados en la Convención Americana o en la Declaración. 

          2.       Teniendo en cuenta que el Gobierno de Haití ha invitado a la Comisión a llevar a cabo una visita in loco[1]  durante 1998, este informe tratará los temas más relevantes sobre la situación de los derechos humanos, los cuales serán investigados por la Comisión durante su próxima visita in loco.  Consecuentemente, este informe no contendrá conclusiones ni recomendaciones, las cuales se incluirán con ocasión del Informe General sobre la Situación de los Derechos Humanos en Haití, que elaborará con posterioridad la Comisión. 

          INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA SITUACIÓN DE HAITÍ DURANTE 1997 

          3.       En lo que respecta a la situación política en Haití, ésta se encuentra en una delicada crisis, la cual aunada a otros elementos ha ocasionado se afecte la plena vigencia de los derechos humanos.  A pesar de los esfuerzos realizados por Haití para reforzar un gobierno democrático, estos se vieron empañados por un clima de confusión y disturbios.  Las elecciones legislativas parciales del mes de abril fueron muy cuestionadas.  La presencia en la votación fue muy baja, con graves irregularidades, incluyendo denuncias de fraude en algunos circuitos electorales.  En consecuencia, no ha sido posible, hasta ahora, organizar una segunda vuelta de las elecciones parciales. 

          4.       Por otra parte, la renuncia del Primer Ministro Rosny Smarth, en junio de 1997, creó una situación de inseguridad e inestabilidad política.  Ante dicha situación, las Naciones Unidas prorrogaron el mandato de las fuerzas de mantenimiento de la paz hasta el 30 de noviembre de 1997.  Asimismo fue renovado el mandato de la Misión Civil Internacional de Haití OEA/ONU (MICIVIH), la cual permanecerá en Haití durante el año de 1998. 

          5.       De acuerdo con la información recibida por la Comisión, existe en Haití una situación, desde el punto de vista socio económico, sumamente preocupante, la cual tiene una incidencia cada vez más grave sobre los derechos económicos de los haitianos. 

          6.       Las previsiones de un crecimiento económico del 4% para el Ejercicio Presupuestario 1996-1997 no fueron alcanzadas, y el país conoció solamente un crecimiento del 1.5%.  La inflación ha generado un encarecimiento de la vida, subiendo exageradamente los precios de los productos de primera necesidad y la caída de la moneda nacional "gourde". Lo anterior ha creado una situación de inseguridad para las clases más desfavorecidas de la sociedad haitiana, al igual que para la clase media formada por profesionales liberales. 

          7.       Estos problemas socio-económicos han contribuido a exacerbar las desigualdades sociales que se manifiestan en un sentimiento de insatisfacción casi generalizado, y en una tensión social preocupante. 

          8.       En lo que respecta a la situación de los derechos humanos, existe un consenso de que el Gobierno haitiano se ha mostrado respetuoso de los mismos.  Si bien existen violaciones de derechos humanos, que se derivan en su mayoría de problemas estructurales heredados del pasado, no se refleja un patrón sistemático de violaciones proveniente del Gobierno. 

          9.       El Gobierno ha realizado un esfuerzo para llevar a cabo acciones tendientes a mejorar diferentes estamentos.  Así por ejemplo, en el campo de la administración de justicia, y a manera de aliviar el problema de la prolongación de las detenciones preventivas, el Gobierno respondió con la creación de una Comisión consultiva para contrarrestar la lentitud de la justicia. 

          10.     Otro avance importante de parte del Gobierno, fue la creación de la Oficina del Inspector General, encargada de investigar los abusos de los agentes policiales.  En el mismo contexto de desarrollo positivo, se señalan: la creación de la Escuela de la Magistratura, la designación de un Ombudsman, y la Unidad Penal Nacional encargada de ayudar en los juicios de derechos humanos. 

          11.     Pese a un innegable empeño del Gobierno por aliviar la situación de los derechos humanos en Haití, subsiste el problema de la inseguridad personal.  La violencia de la calle, el fenómeno de los "zenglendos"[2] y los problemas sobre tierras.  Este último ha llevado a la ocupación ilegal de tierras del dominio privado y del Estado.  En todos estos casos no ha habido una respuesta clara de parte del Gobierno. 

          12.     La impunidad con que se realizan estas violaciones, ha llevado a la sociedad a vivir en un clima de temor y de tendencia a la denominada "justicia popular" (por propia mano).  Esto ha dado también lugar a la organización de la auto defensa armada, la cual se manifiesta cada vez más ampliamente.  La Comisión ha prestado especial atención a este tipo de acciones, por el efecto que genera contra el estado de derecho. 

          ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 

          13.     Un tema de preocupación para la Comisión, que será examinado durante su visita in loco, es la situación de la administración de justicia.  En efecto, uno de los problemas identificados en la situación de los derechos humanos en Haití, es la deficiencia en el funcionamiento del Poder Judicial. 

          14.     La Comisión recibió información de que el sistema judicial haitiano, carecía de personal judicial bien capacitado y dedicado, de la falta de medios económicos y recursos logísticos. 

          15.     La Comisión también fue informada, de que en muchas zonas, los Tribunales de Paz y Ministerios públicos cierran por tiempo indefinido por falta de personal y de recursos.  En algunas ciudades con gran población, no se cuenta con un tribunal civil ni con una cárcel.  Muchos tribunales no tienen orden en los registros, lo que impide el estudio de la evolución de los expedientes judiciales. 

          16.     De acuerdo con información presentada a la Comisión, el 80% de los detenidos a nivel nacional se encuentran en espera de juicio, en tanto que en la Cárcel Nacional de Port-au-Prince, esta cifra llega al 94%.  En la prisión Fort National, también de la capital, la MICIVIH registró en octubre de 1996 la detención de 67 menores, de los cuales sólo seis cumplían sentencia.  En marzo de 1997, 26 de los 67 habían sido liberados y uno había escapado.  No obstante, de los 26 liberados, sólo cuatro habían cumplido su condena y, de los 40 que permanecían detenidos, sólo dos estaban procesados.  Un menor había sido detenido en espera de juicio por más de dos años; otros diez, por más de un año. 

          17.     En 1997, los detenidos organizaron manifestaciones de protesta contra las prolongadas detenciones, por lo menos en dos establecimientos.  En enero, los reclusos de Jérémie denunciaron que las promesas de acelerar la comparecencia ante los tribunales, formuladas por las autoridades judiciales y carcelarias tras la huelga de hambre de 1996, no se habían cumplido.  En Mirebalais, una huelga de hambre efectuada en enero concluyó cuando se permitió a los reclusos hablar con los periodistas; en marzo, organizaron otra protesta.

          18.     De acuerdo con fuentes no gubernamentales, la detención en espera de juicio se prolonga por razones indebidas tales como: la falta de organización a nivel del personal administrativo de los tribunales (la greffe); la designación tardía de las autoridades judiciales y carcelarias; la falta de seguimiento por los nuevos jueces de los casos pendientes; la pérdida o el olvido de los expedientes por la carga de trabajo de los jueces; el traslado de detenidos por razones disciplinarias; y la falta de un registro adecuado en las prisiones. 

          19.     En noviembre de 1996, el Gobierno respondió al problema de la prolongación de la detención preventiva con la creación de una Comisión Consultiva para ayudar con la lentitud de la Justicia (Commission consultative pour pallier la lenteur de la justice). Dicha Comisión recibió el mandato de examinar la condición jurídica de los detenidos y de presentar sus recomendaciones al Ministro de Justicia. Dada la gravedad de la situación en la Penitenciaría Nacional, la Comisión optó por concentrarse en dicho establecimiento.  En su informe, presentado en enero de 1997, dicha Comisión señaló casos de arresto arbitrario, de sentencias desproporcionadas con los delitos y de pérdida de expedientes. El informe incluía recomendaciones a corto y largo plazo para mejorar los sistemas judicial y penitenciario.

          20.     A fines de febrero de 1997, el Ministro distribuyó una circular exigiendo que todos los Comisarios del Gobierno publicaran listas actualizadas de sus casos y dieran notificación anticipada al Ministerio de Justicia, de la serie de juicios penales para asignar fondos oportunamente.  En marzo, el Ministro distribuyó otras tres circulares: la primera se refería a los Comisarios del Gobierno y examinaba las disposiciones jurídicas de los proyectos de órdenes judiciales; la segunda recordaba a todos los comisarios, jueces de paz, jueces de instrucción y decanos de su obligación de visitar los centros de detención bajo su jurisdicción; y, por último, la tercera, dirigida a los comisarios y decanos, establecía las normas jurídicas para evitar las detenciones arbitrarias. 

          21.     Sin embargo, seis meses después de la presentación del informe de la Comisión Consultiva, sus efectos siguen siendo escasos, como lo indican las estadísticas recogidas en septiembre por la MICIVIH.  

Prisión

  Detenidos

Nº Sentenciados

Aquin

30

3

Jérémie

76

20

Les Cayes

99

20

Mirebalais

76

34

Port-de-Paix

88

13

Saint Marc

77

22

           EL SISTEMA PENITENCIARIO 

          22.     Otra área de preocupación para la Comisión es la situación de los centros penitenciarios en Haití.  En 1995, la creación de la Administración Penitenciaria Nacional (APENA) contribuyó al mejoramiento de las condiciones de detención. Sin embargo, cabe señalar que esta institución, semi autónoma y dependiente del Ministerio de Justicia, en un principio, ha pasado a ser en 1997, una simple dirección de la Policía Nacional Haitiana, mostrando así un franco menosprecio de las normas internacionales. 

          23.     El control de los centros penitenciarios en Haití se encuentra a cargo de la Policía Nacional, y actualmente no existe ningún programa de entrenamiento para las personas que trabajan en las cárceles. 

          24.     La Comisión tiene información de que la situación carcelaria sigue por debajo de los niveles internacionales debido a problemas tales como la superpoblación, la escasez de personal, la insuficiencia de las instalaciones y la falta de atención médica y apoyo logístico. 

          25.     La Comisión también recibió información, en el sentido de que los procesados no están separados de los detenidos en prisión preventiva.  Análogamente, debido a la superpoblación, los menores en general no están separados de los adultos.[3] 

          26.     En 1997 no existían pruebas de un abuso sistemático de los derechos humanos de los detenidos.  Sin embargo, varias denuncias de golpizas en las prisiones de Fort Liberté, Port-de-Paix, Gonaives, Cap-Haitien llegaron a las organizaciones no gubernamentales. En la mayoría de los casos se iniciaron investigaciones. 

          POLICÍA NACIONAL HAITIANA 

          27.     Otro tema de gran importancia para la Comisión, que será también examinado durante su visita in loco, es el papel desempeñado por la nueva Policía Nacional Haitiana (PNH).  Organizaciones no gubernamentales han reconocido que la Policía Nacional adquirió confianza y credibilidad en 1997, a la vez que redujo su dependencia de la policía civil de las Naciones Unidas. La policía tiene ahora una mayor presencia, está mejor equipada y entrenada[4].  Sin embargo, siguen existiendo problemas de derechos humanos. 

          28.     La Comisión fue informada que, entre enero y octubre de 1997 agentes de la PNH dieron muerte a 46 personas y en la mitad de los casos parecía haber graves violaciones de derechos humanos.  Según las mismas fuentes, el total de muertes desde el inicio del despliegue de la PNH, en junio de 1995, asciende a 137 aproximadamente.[5] 

          29.     Organismos no gubernamentales registraron casos de uso excesivo de la fuerza durante manifestaciones.  En mayo, se alega que un estudiante fue muerto por un disparo efectuado por un agente de la PNH durante una manifestación en el Lycée Pétion.[6]  En enero, la MICIVIH deploró públicamente el uso de la fuerza por parte de la Compañía de Intervención y Mantenimiento del Orden al dispersar una manifestación pacífica de unos 150 miembros de organizaciones populares. 

          30.     Este año aumentaron las denuncias de uso de castigos físicos por parte de la PNH.  En la cárcel de Ouanaminthe, por ejemplo, 20 de 25 detenidos denunciaron haber sido golpeados estando bajo custodia policial.  También se denunciaron casos esporádicos de golpes en Port-de Paix, Cap Haitien, Saint Marc, Pont Sondé y Gonaives.  La Comisión también fue informada de la golpiza propinada a Chena Pierre Martial, diputado de Trou-du-Nord.  Más tarde, la Oficina del Inspector General despidió a los siete agentes responsables del hecho.[7] 

          31.     En 1997, la Oficina del Inspector General inició investigaciones policiales del abuso constante de autoridad.  Tres agentes de la PNH detenidos desde febrero por la ejecución sumaria de Jean Bernard Charles en Port au Prince fueron puestos en libertad provisional en septiembre, sin explicación del juez.  Poco después, la Oficina del Inspector General revocó sus designaciones tras una investigación de los hechos.  En el caso de las cinco personas muertas en Delmas 81 en Puerto Príncipe, en noviembre de 1996, una investigación interna concluyó que se había tratado de una ejecución sumaria.  Uno de los presuntos responsables se encuentra detenido, en tanto que otros dos fueron puestos bajo custodia policial y posteriormente liberados. 

          32.     En general, el empeño de las autoridades policiales por disciplinar a sus subordinados es innegable; no obstante, cuando los casos llegan a los tribunales, las autoridades judiciales casi siempre adoptan una actitud condescendiente con los miembros de la policía.  En conjunto, la Oficina del Inspector General ha remitido 36 casos de asesinatos policiales a los tribunales, pero ninguno mereció un procesamiento cabal.  De acuerdo con ciertas fuentes, a fines de noviembre, 65 agentes de policía se encontraban detenidos por delitos, en su mayoría de carácter penal. 

          33.     La MICIVIH señaló que la policía cada vez respeta menos el plazo constitucional de 48 horas para llevar a los detenidos ante un juez.  En algunos casos, tienen "permisos" autorizados para ampliar el plazo de 48 horas, lo que constituye una obvia violación de la Constitución de Haití.  Igualmente se denunció a la Comisión, en enero de 1998, que se utilizan acusaciones vagas para llenar el requisito de delito flagrante[8]

          34.     Asimismo, la ausencia policial en las zonas rurales contribuye a que las funciones policiales recaigan en los miembros del  Consejo de Administración de la Sección Comunal (CASEC), u otros agentes del Estado.  Según la MICIVIH, en l'Asile, Departamento de la Grand Anse, miembros de la PNH y de CASEC crearon una red de "delegados" voluntarios que ejecutan órdenes judiciales "de invitar a comparecer" o de "llevar a comparecer".  En Anse-a-Veau, los agentes de la policía comunal realizan los arrestos. En 1997, salieron a la luz algunos informes de malos tratos y extorsión que señalan a miembros de CASEC.  En Jérémie, por ejemplo, un miembro de CASEC fue procesado y condenado in absentia a 11 meses y al pago de daños por cargos de arresto ilegal y malos tratos. 

          35.     Como medida para combatir la corrupción e imponer disciplina, el Alto Consejo de la Policía Nacional adoptó en septiembre pasado una serie de medidas internas, cuya efectividad será evaluada por la Comisión. 

          VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL RÉGIMEN DE FACTO 

          36.     Un tema de particular importancia para la Comisión es la observancia del derecho a la protección judicial.  Poco se avanzó en 1997 hacia la obtención de justicia para las víctimas de violaciones de los derechos humanos en la época del Gobierno de facto.  La Unidad Penal Nacional (Unité Pénale Nationale), creada por el Ministerio de Justicia en noviembre de 1996 para ayudar en los juicios de derechos humanos, no cuenta con recursos para cumplir debidamente su mandato. La Unidad de Investigaciones Especiales, un equipo financiado internacionalmente y encargado de investigar los asesinatos políticos, logró escasos resultados. 

          37.     Sólo el International Lawyers Bureau pareció avanzar en la preparación de dos casos para juicio: la matanza de diciembre de 1993 en Cité Soleil y la matanza de 1994 de Raboteau.  Pese a ello, los casos no estuvieron listos para los juicios penales del año pasado. A comienzos de los juicios penales de septiembre en Gonaives, el fiscal del Gobierno se reunió con organizaciones no gubernamentales para explicar que el caso de Raboteau requería más tiempo de preparación debido al gran número de víctimas y testigos.  Hay más de veinte oficiales de las FAd"H detenidos en relación con el mismo, incluido el conocido capitán Cenafils Castera y Norélus Mondélus.  Se siguen enviando órdenes de detención por la matanza de Raboteau.  En el mes de julio, dos antiguos integrantes de las Fuerzas Armadas de Haití fueron arrestados en Port-au-Prince por su presunta participación en la matanza. 

          38.     De acuerdo con Human Rights Watch, los casos de Cité Soleil y Raboteau se estancaron debido a la falta de colaboración de las autoridades estadounidenses. Por un lado, los Estados Unidos se negaron desde 1995 a devolver a Haití miles de documentos tomados por las fuerzas estadounidenses de las FAd"H y del grupo paramilitar FRAPH (Front pour l"Avancement et le Progres d"Haiti).  Por otro, el Departamento de Estado de Estados Unidos se negó el año pasado a entregar al International Lawyers Bureau material sobre las investigaciones realizadas por la Embajada Americana en Haití, poco después de las matanzas de Cité Soleil y Raboteau. 

          39.     En los juicios penales de Jacmel, dos importantes casos de derechos humanos fueron llevados a juicio y resultaron en absoluciones.  La absolución de Thélusmé Jean-Gilles, acusado del asesinato en octubre de 1993 de Marie Déléne Nicolas, una conocida "lavalassienne", lo que provocó la irritación de la opinión pública.  Las organizaciones no gubernamentales sostienen que el veredicto se explica por la incompetencia de la fiscalía, que no presentó elementos esenciales para el caso.  Pero el juicio más cuestionable es el de Baguidy Calixte, antiguo Jefe de Sección (chef de section) de Léogane, acusado de matar a Pachino Dord, colaborador del Presidente Aristide, en 1994. Las autoridades judiciales no notificaron a los familiares de la víctima, abogados y testigos del fiscal de que, pese al día de duelo nacional por el hundimiento del ferry Fierté Gonavienne, se llevarían adelante las actuaciones.  Ante su ausencia, el Juez de Instrucción anunció que no había lugar a las acusaciones del fiscal. 

          40.     Según información presentada a la Comisión, en Saint Marc, Adrien Saint-Julien, antiguo comandante de Marchand Dessalines, fue absuelto por los alegados asesinatos cometidos en 1992 contra Loukens Pierre y Antoine Pauléus.  El juicio estuvo plagado de irregularidades.  La Comisión Justice et Paix de Gonaives señaló que los testigos fundamentales nunca fueron citados a declarar y que se permitió el diálogo entre el jurado y el defensor.  Se denunció además la negligencia del fiscal en la preparación del caso, en base a la información disponible. 

          41.     Como un avance positivo, la Comisión fue informada que el Senado aprobó, en julio de 1997, el proyecto sobre la Ley de Reforma Judicial, que permite la creación de una Comisión Especial de Magistrados con el mandato de procesar las violaciones de los derechos humanos cometidas durante el período de facto.  El proyecto de ley especifica que la prescripción no se aplica a los delitos cometidos durante el régimen de facto

          42.     Cabe mencionar además que el proyecto de Ley de Reforma Judicial, el cual no ha sido aprobado por la otra cámara, está sujeto a numerosos cuestionamientos de parte del Colegio de Abogados de Haití, de organismos de defensa de los derechos humanos y de la opinión pública.  Se reprocha a este proyecto de ley, el no dirigirse a los problemas fundamentales confrontados por la justicia haitiana, sino solamente a cuestiones coyunturales, cuya solución no sería de utilidad para la justicia misma. 

          43.     Las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos, han señalado que la negligencia con que se realiza el procesamiento de los delincuentes exacerba la recurrencia de la justicia popular.  Más de treinta personas, considerados "zenglendos"[9] o brujos fueron muertos este año por muchedumbre enardecidas.  En un caso, una muchedumbre de Chantal mató a dos sospechosos de ser "zenglendo" con machetes y palos, y luego quemaron sus cuerpos.  Organismos de derechos humanos informaron que, a mediados de septiembre, Louinor Jean-Louis y Vesta Jeune fueron muertos a machetazos por una gran muchedumbre, acusados de haber causado la muerte de un bebé.  Se informó de numerosos linchamientos en la comunidad de Tiburón, que no cuenta con un puesto policial y donde el tribunal de paz es ineficaz. En pocos casos la Policía Nacional de Haití efectuó arrestos. 

          44.     Varias figuras conocidas del régimen de facto serían procesadas este año:  Gros Carlo, "attaché" supuestamente implicado en el asesinato de Antoine Izméry, arrestado en mayo y ahora bajo custodia en la cárcel de Pétionville, y Onondie Paul, segundo en la cadena de mando en Marchand Dessalines. 

          TRAMITACIÓN DEL INFORME 

          45.     El proyecto del presente informe sobre la situación general de los derechos humanos en Haití fue aprobado por la Comisión en su 98º período de sesiones.  El día 13 de marzo fue transmitido al Estado conforme a lo establecido en el artículo 63 (h) del Reglamento de la Comisión, a fin de que presentara sus observaciones en el plazo de un mes. 

          46.     Expirado el plazo el Estado haitiano se abstuvo de presentar observación alguna. 

          47.     El 13 de abril de 1998, la Comisión aprobó el informe en forma definitiva, así como su publicación en el capítulo V del presente Informe Anual.

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     *  El Comisionado Jean Joseph Exumé, de nacionalidad haitiana, no participó en el debate ni en la votación de este informe, conforme al artículo 19 del Reglamento de la Comisión.

     [1] Mediante comunicación JUR/97-406, del 29 de abril de 1997, el Sr. Fritz Longchamps, Ministro de Relaciones Exteriores, invitó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a llevar a cabo una visita in loco a Haití para observar la situación de los derechos humanos en el país.

     [2] En su mayoría, se trata de antiguos miembros de las Fuerzas Armadas de Haití que se han convertido en asaltantes.

     [3] Human Rights Watch Americas, Informe sobre la Situación  de los Derechos Humanos en el Mundo 1998, pp. 40-44.

     [4] Véase Informe del Human Rights Watch, supra, cita No. 3. 

     [5] Véase Haiti Insight, publicado por el National Coalition for Haitian Rights, 1997.

     [6] Ibid.

     [7] Human rights Watch, Informe 1998, supra. cita No. 3.

     [8] National Coalition for Haitian Rights, supra, cita No. 6.

     [9] Véase supra, cita No. 2.