CAPÍTULO III (... continuación) 46.
De la información recibida durante la citada visita, la Comisión pudo
enterarse de que el Sr. Joseph había recibido numerosas amenazas de muerte por
teléfono, anunciándole que sería asesinado el 11 de julio de 1988.
El Sr. Lafontant tenía dos hijos, uno de 14 años, Lafontant Joseph, y
otro de 5, Hérold Joseph, quien recibió el llamado anunciando la muerte de su
padre. 47.
El 10 de julio de 1988, el Sr. Joseph regresó a su casa a eso de las
18:30 horas y volvió a salir para visitar a unos vecinos.
A las 20 horas partió y nadie sabe adónde se dirigió.
Los dueños del restaurante Maket One Stop, de la calle Delmes 29,
dicen haberlo visto a eso de las 11:45. El
Sr. Joseph fue asesinado esa misma noche, aparentemente a unos 4 metros de su
coche, donde había un enorme charco de sangre.
Algunos testigos que oyeron sus gritos dicen que les tomó unos 15
minutos matarlo. Su cuerpo, que había
sido arrastrado por el barro desde la escena del crimen hasta el asiento
delantero de su coche, donde fue dejado, presentaba múltiples heridas de arma
blanca en todo el cuerpo, tenía los dientes y el brazo izquierdo partidos,
parte de su oreja izquierda cortada, y cuchillazos en el tórax.
También se dice que le habían cortado la lengua y arrancado el corazón.
El cuerpo no presentaba ninguna herida de bala.
48.
El Departamento de Investigaciones Criminales de la Policía encabezado
por el Teniente Coronel Joseph Baguidy, tiene a su cargo la investigación de
este caso. La Comisión recibió información de que nadie ha sido
arrestado aún. El Ministro de
Justicia informó a la Comisión que el Juez de Instrucción había abierto un
expediente de “Información contra X” en el caso de Joseph.
El Fiscal (Commissaire du Guvernement) declaró que la familia no
colaboraba con la investigación y que mientras durara ésta, quienes no
quisieran hablar podían ser arrestados. Ningún
intento se ha hecho para seguirle la pista a las amenazas hechas por teléfono.
Radio Soleil informó que el Sr. Joseph se había presentado allí el 6
de junio de 1988, a las 18:25 para declarar que “recibía llamados constantes
anunciándole que sería asesinado esa
misma noche del 6, y que, además, nadie podría impedirlo”.21
Radio Soleil transmitió esta noticia en su noticioso de las 20:30 horas.
49.
El Sr. Joseph había sido cofundador de la Liga Haitiana de Derechos
Humanos, de la cual fue, por un tiempo, su Secretario General.
Al morir era Director Ejecutivo del Centro de Promoción de los Derechos
Humanos, organización de derechos humanos independiente de Haití, y también
director de la escuela Elliot Pierre. Además, había sido candidato a senador
en las elecciones del 29 de noviembre de 1987.
El 29 de junio de 1988, el Sr. Joseph, en su condición de Secretario
Ejecutivo del Centro de Promoción de los Derechos Humanos, un comunicado, que
publicó la prensa, en el cual se denunciaba el golpe de Estado como una violación
de la Constitución de 1987 y se hacía un llamado al retorno de las “normas
institucionales” y al respeto de las “disposiciones de la Constitución.22
50.
El 16 de julio de 1988, el Sr. Lafontant Joseph fue enterrado en el
cementerio de Puerto Principe en presencia de unos amigos y parientes.
No hubo servicio religioso porque el sacerdote de la iglesia del Sagrado
Corazón recibió un llamado telefónico en el que les advirtieron que, si
oficiaba el servicio religioso, volaría la iglesia con todos los que estuvieran
dentro y el presbiterio sería incendiado.
51.
A pesar del entierro secreto, el 19 de julio, se celebró una ceremonia
religiosa en la iglesia de San Juan Bosco, de Puerto Principe en memoria del Sr.
Lafontant Joseph. El padre Jean Bertrand Aristide ofició una misa para las
aproximadamente 1.000 personas presentes y destacó el papel que el Sr. Joseph
había desempeñado en la lucha por la liberación que se libraba en Haití.
52.
Durante la visita realizada por la Comisión en agosto de 1988 se
registro el temor de que, en cualquier momento, cualquiera que estuviera en
contra del gobierno pudiera sufrir la misma suerte que el Sr. Joseph.
El Ministro de Justicia, en un comunicado de prensa, censuró el
asesinato del Sr. Josep, declarando que “se busca a los autores del crimen,
que serán procesados de conformidad con la ley”.23
La Comisión se reunió con el mencionado Teniente Coronel Baguidy quien,
como las Fuerzas Armadas desempeñan funciones policiales, está a cargo de la
investigación de delitos graves. La
Comisión le hizo preguntas acerca de la forma en que se conducía la
investigación del asesinato del Sr. Joseph.
Este respondió que la investigación había comenzado de inmediato y que
la policía había interrogado a la familia pero que ésta se negaba a cooperar.
A su juicio, el Sr. Joseph tenía “una mujer en cada calle” y en su
coche se había encontrado un par de sandalias de mujer, añadiendo que la
hermana del Sr. Joseph “sabe el nombre de la mujer” que supuestamente estaba
con él, y que no fue asesinada, pero no quiere decirlo.
El Teniente Coronel Baquidy atribuyó el crimen a “un marido celoso”.
La Comisión le preguntó entonces si él creía que la lista de
condenados a muerte había sido escrita por maridos celosos, a lo que el
Teniente Coronel Baguidy respondió diciendo desconocer la existencia de la
lista y de las numerosas amenazas de muerte hechas al Sr. Joseph.
53.
El 14 de julio de 1988, se encontró en Puerto Principe un cadáver
decapitado.24 Las autoridades judiciales no pudieron identificar el cuerpo, de
sexo masculino, pero dijeron que se trataba de un hombre de unos 35 años.
Los empleados de la morgue del hospital admitieron que era la primera vez
que recibían un cadáver decapitado. También
se encontraron otros dos cuerpos no identificados en diferentes partes de la
ciudad; uno calcinado, por lo cual era imposible identificarlo, y el otro con
varias heridas de bala.
La Masacre
en la Iglesia de San Juan Bosco 54.
La Iglesia de San Juan Bosco, sitio del último tributo rendido a la
memoria del Sr. Lafontant Joseph el 19 de julio, fue blanco del ataque de los
escuadrones de la muerte el 11 de septiembre de 1988 con métodos reminiscentes
de los empleados el 29 de noviembre de 1987.
Los asaltantes, luciendo brazaletes rojos, estaban armados con revólveres
y machetes y tiraron piedras contra la iglesia desatando el pánico entre los
feligreses. Según informes de la
prensa, asaltaron a los aproximadamente 1.000 feligreses al grito de
“comunistas, comunistas”, mientras baleaban y acuchillaban a hombres,
mujeres y niños. Se dice que asestaron cuchilladas a una mujer embarazada y a
un hombre que corrió hacia la calle, donde murió.
De acuerdo con testigos oculares, los soldados que se encontraban al otro
lado de la calle observaron el ataque pero no intervinieron.
Según otros testigos, los cuerpos no pudieron ser retirados antes de que
los asaltantes quemaran la iglesia y los autos estacionados en su vecindad
inmediata.
55.
El blanco del ataque era el padre Jean-Bertrand Aristide, abierto
opositor al gobierno militar, que escapó sin sufrir daño alguno.
También fueron blanco del ataque aquellos que vestían blanco, acatando
la exhortación del Comité en favor de la Constitución de vestir así ese
domingo, en protesta porque el Teniente Coronel Namphy había abolido la
Constitución de 1987. Después del ataque a la iglesia, también fueron atacadas Radio
Soleil y Radio Cacique y robados sus equipos de emisión.
La policía no respondió a la ayuda que, por teléfono, se solicitó
desde Radio Cacique. Asimismo fueron atacadas las sedes de los partidos políticos
de Louis Dejoie II y del reverendo Sylvio Claude.
56.
Durante su visita de agosto de 1988, la Comisión se reunió con el padre
Aristide, quien declaró que había sido objeto de tres intentos de quitarle la
vida y que recibía con frecuencia amenazas de muerte.
El nombre del padre Aristide encabeza la lista de los condenados a muerte
(supra pár. 45). El
nombrado alcalde de Puerto Principe y ex Coronel Franck Romain, también ex jefe
de policía de Duvalier, declaró por la radio que, a su juicio, “El padre
Aristide siempre ha predicado la violencia… y aquel que siembre vientos recoge
tempestades”. Al identificarse
algunos empleados municipales como los perpetradores de la violencia, el alcalde
simplemente respondió que “Si están implicados (empleados municipales)… no
veo cómo ello puede tener relación conmigo.
57.
Las cifras oficiales de las víctimas del ataque a San Juan Bosco son 13
muertos y 77 heridos. El jueves, la iglesia de la Inmaculada Concepción de Cité
Soleil también fue incendiada. Seis
personas que se declararon autores del ataque a San Juan Bosco aparecieron en
televisión en el canal estatal, sin muestras aparentes de temor a ser
arrestadas, y también hablaron por la radio, aduciendo que la violencia
ocurrida en San Juan Bosco estaba relacionada con conflictos internos de la
iglesia y amenazando con “una pila de cadáveres” si era el padre Aristide
quien oficiara una misa.
58.
El modus operandi del ataque a los feligreses de San Juan Bosco es igual
al empleado por los escuadrones de la muerte contra los votantes el 29 de
noviembre de 1987. Estos individuos
operan abiertamente, sin disfraz alguno, son reconocidos e identificados por sus
víctimas y obran con total impunidad. el
hecho de que estos seis autores de los ataques aparecieran en televisión,
admitieran su responsabilidad por estos actos y no fueran arrestados, conduce a
la Comisión a la conclusión irremediable de que los escuadrones de la muerte
operan con el visto bueno de las fuerzas armadas, si no instigados por éstas. A consecuencia del golpe dentro del golpe del 17 de
septiembre de 1988, tres de estos miembros de los escuadrones de la muerte
fueron capturados y quemados vivos.
59.
A pesar de la cantidad de observadores electorales y periodistas que había
en Haití para las elecciones del 29 de noviembre, el país no ha sido últimamente
objeto de muchas investigaciones profundas en materia de derechos humanos y a
las organizaciones que han investigado la situación de los derechos humanos en
general, no se les ha concedido acceso a los centros de detención.
Además, desde la caída de Duvalier, los defensores de los derechos
humanos de Haití sólo han podido actuar con un cierto grado de libertad, lo
que les ha impedido hacer listas completas de los nombres de quienes están
actualmente detenidos.
60.
Si bien el Comité Internacional de la Cruz Roja ha venido prestando
asistencia, no se le ha permitido visitar a los detenidos a partir de marzo de
1985.
61.
En consecuencia, la situación de los derechos humanos en Haití no ha
podido ser examinada in situ, con excepción de unas esporádicas visitas
especiales a uno o dos centros de detención.
La información contenida en este capítulo se ha extraído,
principalmente, de la visita hecha por la Comisión en agosto de 1988, a Fort
Dimanche, la Penitenciaría Nacional, Recherches Criminales y Casernes
Dessalines; del testimonio presentado por organizaciones de derechos humanos, ex
prisioneros, o representantes legales de personas que se encontraban en prisión,
primordialmente en 1987; y de la información recibida por la propia Comisión
en Haití. B.
LEYES VIGENTES EN HATI REFERENTES A LA LIBERTAD NACIONAL 62.
La Constitución haitiana de 1987 establece en los Artículos 24, 25, 26,
27 y 27-1, las garantías legales del individuo en relación con la libertad
personal. Estos artículos leen:
63.
El sistema legal de Haití dispone la existencia de figuras oficiales
cuyas funciones son servir al Estado en cuanto se refiere al procesamiento de
delincuentes y también a salvaguardar los derechos del individuo: El Comissaire
du Gouvernement (fiscal para un tribunal de distrito concreto) y el Juez de
Instrucción. a.
El Commissaire du Gouvernement
65.
La Comisión durante su visita de agosto de 1988, se reunió con las Sra.
Mireille Z. Pluviose, Commissaire du Gouvernement de Puerto Principe, quien
explicó que sus funciones son las de investigar, aprehender a los delincuentes,
someterlos a los tribunales y seguir sus litigios hasta que se dicte un fallo.
En Haití hay 15 jurisdicciones civiles, por lo que hay 15 Commissaires.
La Sra. Pluviose es jefa del Parquet de Puerto Principe, pero
tiene 6 “sustitutos” que, también bajo el nombre de Commissaire, la ayudan
en sus tareas. Como sus funciones
de investigación implican tareas policiales, la policía les presta asistencia.
66.
La Sra. Pluviose describió sus funciones como la de “los ojos del
Poder Ejecutivo dentro del Poder Judicial”, mientras que el juez de Instrucción
es independiente y no recibe instrucciones del Poder Ejecutivo.
Corresponde al Commissaire controlar las condiciones de los centros de
detención -su ubicación, la limpieza, la higiene de los prisioneros, etc.-25
Esta disposición del Código está destinada a evitar el establecimiento
de centros de detención ilegales o clandestinos.
67.
La ley haitiana también dispone que el Commissaire du Gouvernement
visite “al menos una vez por mes” todos los centros de detención en los que
el acusado, o las personas condenadas, se encuentren bajo la jurisdicción del
Tribunal.26
En consecuencia, es de
esperarse que el Comissaire tenga información sobre el número y la
localización de todas las personas que actualmente están detenidas en Haití.
La Comisión le preguntó a la Sra. Pluviose qué centro de detención
visitaba con regularidad, respondiendo ésta que sólo la Penitenciaría
Nacional puesto que todos los demás de Puerto Principe son ilegales.
La Sra. Pluviose declaró que no hay más detenidos en Fort Dimanche y,
en cuento a Recherches Criminelles aclaró que después de 30 años de
malos hábitos, las cosas están comenzando a cambiar, añadiendo que “los
malos hábitos son como las malas hierbas” pero que ella y su personal están
“acuciando a la gente” para que trasladen a los detenidos a la Penitenciaría
Nacional dentro de las 48 horas de ocurrida la detención.
La Sra. Pluviose suministró a la Comisión un ejemplar de una
“Circular a los Jueces de Paz de la Jurisdicción de Puerto Principe”, con
fecha 21 de julio de 1988, solicitando que los detenidos sean trasladados al Parquet
dentro de las 48 horas de ocurrida la detención para evitar que permanezcan en
lugares como Fort Dimanche y Recherches Criminelles. b.
El Juez de Instrucción
68.
Corresponde al Juez de Instrucción decidir si debe presentar cargos o
no. Si el Juez decide que no
procede la acusación pero el sospechoso ha sido arrestado, deberá dejársele
en libertad.27
69.
El Artículo 119 del Código estipula que si el Juez de Instrucción
determina que sí procede la acusación, el acusado comparecerá ante un
tribunal penal y su dossier será remitido al Commissaire du Gouvernement,
quien procederá a hacer la acusación.
70.
Conforme al procedimiento, el Juez de Instrucción emite una ordonnance
de non lieu en el caso del detenido que debe ser puesto en libertad, o de ordonnance
de renvoi, también denominada ordonnance de prise de corps, en cuyo
caso el detenido es devuelto a la prisión.28
71.
El Código de Procedimiento Penal establece que las personas que han sido
condenadas deben permanecer en sitios distintos de los de aquellas que sólo han
sido detenidas o acusadas.29
Además,
el Artículo 443 del Código requiere que tanto los centros de detención como
las prisiones lleven un registro de los nombres de los detenidos y de aquellos
que cumplen una condena. Cada página
del registro de los centros de detención debe ser firmada por el Juez de
Instrucción, y las de los registros de las prisiones, por el Commissaire du
Gouvernement.
72.
En el caso de que el arresto sea ilegal, la persona que lo ejecute está
sujeta a una pena de uno a cinco años de prisión si obró sin la orden de las
autoridades competentes.30 Todo aquel que colabore en un arresto ilegal proporcionando
un lugar para la detención o secuestro estará sujeto a la misma pena.31
No obstante, en la práctica, tal como sucedió en el caso del Sr.
Laurentis Robuste (infra), es virtualmente imposible acusar a nadie de
falsa detención dada la dificultad que tiene la víctima de demostrar que la
detención en si ocurrió.
C.
LA PRÁCTICA DEL GOBIERNO DE HAITÍ EN MATERIA DE LIBERTAD PERSONAL
73.
A pesar de que las disposiciones de las leyes haitianas establecen clara
y precisamente los procedimientos por los cuales las detenciones deben ser
hechas por las autoridades competentes, hasta estipulan las penas para las
personas que hagan detenciones ilegales, la práctica demuestra que las
autoridades haitianas no respetan estas disposiciones legales.
74.
Corresponde a la policía hacer los arrestos.
De acuerdo con el Artículo 269 de la Constitución: “La policía es un
cuerpo armado. Su funcionamiento
está adscrito al Ministerio de Justicia”.
Pero, de hecho, la Policía y el Ejército no son cuerpos separados sino
que ambos están integrados por
miembros de las Fuerzas Armadas y operan adscritos al Ministerio del Interior.
El Ministro del Interior y Defensa Nacional es el Coronel Williams Regala
quien, junto con el Teniente General Namphy, presidió el Consejo Nacional de
Gobierno. a.
La situación de los centros de detención: las personas detenidas
75.
Durante la visita de agosto de 1988, la Comisión solicitó del Ministro
de Justicia una lista con los nombres de las personas detenidas en ese momento,
lista que le fue concedida por el Ministro.
En ella figuran 123 personas cuyos procedimientos legalase se encuentran
en distintas fases de ejecución. Sin
embargo, cuando la Comisión visitó la Penitenciaría Nacional, el Coronel
Weber Jodesty, Comandante a Cargo, informó a la Comisión que había 298
detenidos, explicando que la discrepancia obedecía a que la lista suministrada
por el Ministerio de Justicia tenía ya varios días y todos los días había
nuevos detenidos. El 3 de
septiembre de 1988, la Comisión solicitó que se proporcionara la lista de
detenidos hasta ese día, incluido el mismo.
Esa lista contenía los nombres de 165 personas cuyos procedimientos
legales se encontraban en distintas fases de ejecución.
La lista es, según informaciones presentadas a la Comisión, la primera
que se concede a una organización de derechos humanos.
Dado este hecho, y la circunstancia de que con ella puede ayudarse a las
organizaciones de derechos humanos de Haití a controlar las detenciones, la
Comisión ha decidido publicarla, sin dejar de hacer nuevo hincapié en la
importancia que le otorga a que el gobierno mantenga un registro sistemático y
público de las personas detenidas. La
lista es como sigue: i.
Personas detenidas por orden del Juez de Instrucción 1.
Jean Side
ii.
Personas detenidas por orden del Parquet (Commissaire du Gonernement 1. Vilhomme Eldiste
iii. Personas detenidas por orden de los jueces de paz – sección este 1.
Flavio Duval
iv.
Personas detenidas por orden de los Jueces de Paz - sección norte 1.
Fritz Victor
1.
Marie-Alice charles
76.
Durante la visita a la Penitenciaría Nacional, la Comisión entrevistó
a un grupo de 28 mujeres –entre ellas, una menor de 16 años- de las que sólo
una había comparecido ante un juez. Ninguna
tenía abogado. La Comisión también
entrevistó a un grupo grande de prisioneros varones, cuya mayoría no había
comparecido ante ningún juez y cuyos nombres no figuran en la lista de
detenidos. Uno, por ejemplo, tenía
17 años y había sido trasladado el día antes desde Recherches Criminelles
donde, dijo todavía quedaban otros detenidos.
77.
En el transcurso de su visita a Haití en enero de 1987, la Comisión fue
informada por las autoridades que Fort Dimanche, la famosa prisión de la era de
Duvalier, no se utilizaba más. De hecho, el 14 de mayo de 1986, el Ministerio
de Información publicó un comunicado anunciando que Fort Dimanche, símbolo de
la dictadura de Duvalier, no se usaría más como prisión.
Los miembros de la Comisión visitaron Fort Dimanche y encontraron que
todavía tenía personas detenidas. En
Fort Dimanche, la Comisión se entrevistó con detenidos que habían sido
golpeados, que no recibían atención médica, que estaban muertos de hambre
porque no se les daba alimento alguno y que hacía meses que permanecían
incomunicados, sin haber tenido contacto alguno con un abogado, un juez u otro
representante del sistema legal.
78.
En relación con estos abusos, la Comisión, en su carta dirigida al
Coronel Abraham, decía:
79.
En la visita hecha en agosto de 1988, la Comisión volvió a reunirse con
el Mayor Isidore Pognon, quien, luciendo el uniforme azul de la Policía de Haití,
acompañó a la Comisión a recorrer las instalaciones en compañía de muchos
de sus 200 hombres. El Mayor Pognon
declaró que Fort Dimanche ya no se utilizaba como prisión y que, aunque entre
10 y 20 personas eran detenidas allí todos los días, el mismo día se las
trasladada a la Penitenciaría Nacional. La
Comisión se entrevistó con dos detenidos, un drogadicto y un ciudadano
dominicano en situación ilegal. El
primero confesó ser drogadicto y no tener quejas de su detención, aunque negó
que su madre hubiera solicitado su reclusión, como había declarado el Mayor
Pognon. El ciudadano dominicano
manifestó que no tenía abogado y que no se había hecho ninguna acusación
contra él. Ambos habían estado
detenidos durante varios días.
80.
Dado el hecho de que se utilizó Fort Dimanche para detener a los
miembros del partido de Leslie Manigat, es del conocimiento público que aún se
usa como centro de detención. Como
el gobierno militar dispuso de tres semanas para preparar la visita de la Comisión,
ésta no se encuentra en posición de establecer si lo que se le mostró refleja
la realidad actual.
81.
Cabe añadir que existen otros centros de detención en Puerto Principe.
Entre los identificados se cuenta uno conocido con el nombre de La
Cafetería y otro está situado en el distrito de Petionville.
La Comisión no visitó estos centros y las autoridades no informaron a
la Comisión de la existencia de estos centros dado que sostienen que sólo hay
detenidos (legalmente) en la Penitenciaría Nacional. La información suministrada por personas detenidas en la
Penitenciaría Nacional referente a los lugares desde los que fueron
trasladados, contradice la información presentada por las autoridades en cuento
que esas instalaciones no se usan más como centros de detención.
b)
El caso del Sr. Jean Gibson Narcise (Caso Nº 9897) 81.
El 20 de enero de 1987, dos miembros de la Comisión, el Dr. Marco Tulio
Bruni Celli y la Embajadora Elsa D. Kelly, visitaron Fort Dimanche
con miembros de la Secretaría de la Comisión.
El entonces Capitán Isidore Pognon (ahora Mayor) Jefe de Fort Dimanche,
negó a los miembros de la Comisión acceso a la celda del Sr. Jean Gibson
Narcisse, de 21 años, prisionero mantenido en total incomunicación, con quien
la Comisión quería hablar en privado. La
noticia de esta negativa fue transmitida por la televisión haitiana y la
prensa. La madre del Sr. Narcisse,
quien desde setiembre de 1986 carecía de información sobre el paradero de su
hijo, se enteró así que su hijo estaba detenido.
Al día siguiente se concedió a la Comisión permiso para regresar a
Fort Dimanche y entrevistarlo.
83.
El 22 de enero de 1987, la Comisión entrevistó al Sr. Narcisse en
privado, quien declaró que se encontraba detenido desde septiembre de 1986, que
había sido golpeado brutalmente, en particular en el cuello, por lo cual
hablaba con dificultad, que se le daba muy poco alimento –una pequeña ración
diaria de arroz y maíz- y que había perdido más de 100 libras de peso.
A pesar de los problemas de salud derivados de las palizas recibidas, no
se le había proporcionado atención médica.
84.
El informe médico que la Comisión solicitó del Gobierno de Haití
nunca fue presentado. No obstante,
quince días después de la visita de la Comisión, el Sr. Narcisse fue
trasladado a la Penitenciaría Nacional, donde mejoraron sus condiciones de
detenido.
85.
El Sr. Ernst Cadet había sido arrestado en Cité Soleil el mismo día
que el Sr. Narcisse. La Comisión
también había abierto un caso con él y procuró entrevistarlo en la
Penitenciaría Nacional durante su visita de enero.
Los miembros de la Comisión pudieron reunirse con él en privado y
escuchar las condiciones de su detención y la situación del procedimiento
legal que había pendiente contra él.
86.
El Sr. Ernst Cadet fue arrestado y conducido directamente a Cassernes
Dessalines, donde fue golpeado. Tanto
la familia del Sr. Narcisse como la del Sr. Cadet contrataron los servicios de
los mismos abogados, los señores Gerard Georges y Jean-Claude Nord. Terminados
los procedimientos contra ambos el 27 de octubre de 1987, tanto el Sr. Narcisse
como el Sr. Cadet fueron absueltos y puestos en libertad después de haber
cumplido 13 meses de detención preventiva.
El Sr. Gérard Georges informó que, después de haber sido puestos en
libertad sus clientes, él había comenzado a recibir llamados telefónicos acusándolo
de ser un abogado de terroristas y advirtiéndole que sería asesinado.
87.
Como queda claramente demostrado con los casos de los señores Narcisse y
Cadet, los arrestos se efectúan sin concedérsele al individuo el beneficio del
procedimiento o de la protección legal. Los
arrestos son efectuados por miembros uniformados de las fuerzas de seguridad o
por miembros del Ejército o de la Policía vestidos de civil.
La Constitución de 1987
prescribe que el arresto debe ejecutarse con una orden y que el detenido debe
comparecer ante un juez dentro de las 48 horas de ocurrido el arresto (supra),
no obstante lo cual, de acuerdo con los comandantes militares de estos centros
de detención, entre 10 y 20 personas son arrestadas todos los días y
trasladados dentro de las 48 horas a la Penitenciaría Nacional.
El detenido, ya sea hombre o mujer, es conducido a Recherches
Criminelle (Unidad de Investigación Criminal del Cuartel de la Policía), a
Fort Dimanche o a Casernes Dessalines, cuartel del Ejército, donde se lo
interroga, se lo golpea, a veces hasta el grado de dejarlo inconsciente o
muerto, se lo deja padecer de hambre, se le niega contacto con su familia o con
un abogado, y, en cuanto concierne a la sociedad, “desaparece”. (continúa...) [ Índice | Anterior | Próximo ]
21. “Station Comments”, FBIS, julio 12, 1988. 22.
Véase Le Nouvelliste, julio 1-3. 1988. 23. “Justice Minisry”, FBIS, julio 14, 1988 24.
Le Nouvelliste, julio 15-17, 1988. 25.
Code d’Instruction Criminelle, avec les dernières
modifications, annoté par A. Rigal, Artículo 442. 26.
Id., Artículo 447. 27.
Id., Artículo 115. 28.
Los funcionarios notorios de la era Duvalier se beneficiaron de la
ordonnance de non lieu en el tribunal militar:
el Coronel Franck Romain (Alcalde de Puerto Principe hasta el 17 de
septiembre de 1988) y el Coronel Jean Valmé, que fue durante más de 10 años
Jefe de la policía política de Duvalier: (Service Detectif) en Casernes
Dessalines y responsible de Fort Dimanche. 29.
Code d’Instruction Criminelle, Artículo 442. 30.
Code Penal (1961), Artículo 289. 31.
Id. |